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30 mayo 2012

El Banco de España se considera creado en 1782, otrora llamado Banco Nacional de San Carlos, cuyas competencias versaban en torno al apoyo financiero del Estado, servir de proveedor al ejército, encargarse de los pagos de la corona fuera de España, ejercer de árbitro en el sistema financiero y hacer llegar el crédito al comercio y la industria. Esta institución estaba formada por un capital privado, se financiaba a partir de las aportaciones de los accionistas, siendo los accionistas mayoritarios los que ostentaban el poder de decisión acerca de las decisiones financieras del banco.

En 1829, tras la deuda que el gobierno había contraído con el Banco debido, en su mayor parte por la necesidad de financiar las guerras emprendidas, se creó el Banco Español de San Fernando. Luis López Ballesteros como Ministro de Hacienda del rey Fernando VII fue quien decidió dar un cambio a las actuaciones de la institución anterior, e impulsó la creación de este nuevo Banco. Entre sus medidas más innovadoras, estuvo la de dotar al Banco de San Carlos con un fondo de 40 millones de reales. Este nuevo banco adquirió nuevas competencias como ser el único emisor de billetes en Madrid, continúo dando la cobertura financiera que el Estado necesitaba.

Continuando con la cronología que llevo a conocer al Banco de España tal y como lo conocemos hoy, en 1844, se autorizó la creación del Banco de Isabel II con fondos privados, otorgándole la capacidad de emitir moneda junto con el ya creado Banco de San Fernando.

Los tres años siguientes fueron difíciles para el sistema financiero internacional cebándose con el Banco de Isabel II, que al borde de la quiebra se fusionó con el Banco de San Fernando constituyéndose de esta forma el Banco Español de San Fernando, con facultad para emitir billetes en Madrid al igual que hasta la fecha lo hacían el Banco Español de Cádiz y  el Banco de Barcelona, primer banco comercial español no oficial, fundado en 1844.

En este marco financiero, España comienza el  año 1856 con el cambio más importante en el camino a su normalización financiera: se crea el Banco de España de la mano de Ramón Santillán, ministro de Hacienda de la época. Establece como medidas más innovadoras, un sistema de pluralidad de bancos de emisión, trajo la creación de bancos de iniciativa privada en las principales capitales españolas. Pocos años más tarde, se declara la peseta como unidad básica del sistema monetario español y se queda el como único emisor de monedas y billetes a nivel nacional (1874).

Hasta el 1 de Enero de 1999 con la consolidación de la Unión Económica Europea, es importante que destaquemos el año 1962 en el que se nacionaliza el Banco de España abandonando la fórmula de la sociedad anónima. El resto de las reformas más importantes se han encaminado a situarse como el órgano principal de política económica del gobierno y máxima autoridad financiera a nivel nacional.

El Banco de España en la actualidad

 

Las funciones modificadas del principal órgano financiero español desde su integración en la Unión Económica Monetaria, ha quedado bajo la potestad del Banco Central Europeo (BCE), perdiendo consiguientemente la capacidad para actuar en política monetaria que pasa a formar parte del BCE. El Banco de España desde el 1/1/1999 pasa a formar de un Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) y como tal se le atribuyen como principales funciones:

   - Ejecutar en nuestro país de las decisiones adoptadas desde la zona euro, cuyo principal objetivo es mantener la estabilidad de precios.

     - Realizar las operaciones, así como su gestión, referidas al cambio de divisas y metales preciosos.

     - Asegurar el buen funcionamiento de los sistemas de pago.

    - Emitir los billetes y monedas de curso legal.

Además de éstas, y como banco central nacional, tiene agregadas las siguientes competencias:

·      Garantizar la gestión y resguardo de las divisas y metales preciosos propios de la nación.

·      Actuar de árbitro en el buen funcionamiento del sistema financiero español, así como en los sistemas de pago nacionales.

·    Supervisar la solvencia y asegurar el buen funcionamiento de las entidades y mercados financieros que operan en el contexto español.

·      Hacer circular la moneda metálica en vigor.

·      Realización y publicación de informes estadísticos acerca de sus funciones.

·      Gestor de la deuda pública, actuado como agente financiero de la misma.

·      Asesorar al gobierno de la nación realizando los informes y estudios que resulten procedentes.

Asímismo, las atribuciones en materia ejecutiva corresponden a:

1. El gobernador: es la figura rectora más importante del Banco de España. Es nombrado por el rey a propuesta del presidente del gobierno para un mandato con duración de seis años sin posibilidad de renovación. Es el director y máximo representante de la institución.

2. El subgobernador: designado por el gobierno a propuesta del gobernador cuyas funciones tienen por cometido sustituir al gobernador cuando éste no se encuentre, así como cumplir con las obligaciones que en él delegue el máximo mandatario del banco central nacional.

3. La comisión ejecutiva: compuesta por el gobernador, el subgobernador y dos consejeros.

4. El consejo de gobierno: consejo formado por seis miembros que aprobarán las directrices generales de actuación del banco, relativas a la supervisión de la política monetaria y a la supervisión de las funciones encomendadas al Banco de España.

 

Asesor técnico de producto

Licenciado por la Universidad Complutense de Madrid. Tres años de experiencia en banca comercial y asesoramiento financiero. Actualmente analista económico y financiero en iAhorro.com

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