Apartamento turístico

Apartamento turístico

Los apartamentos turísticos son unidades de alojamiento constituidas como empresas, los inmuebles no tienen carácter residencial. Se inscriben en la misma categoría que los hoteles, moteles o pensiones.

Los apartamentos turísticos están integrados en bloques o edificios destinados a prestar servicios de alojamiento temporal. Este principio se aplica para conjuntos conformados por chalets, townhouses o bungalows. 

En España cada comunidad autónoma legisla en su territorio sobre el turismo. Para los consumidores y las empresas esto puede ser una ventaja o desventaja dependiendo del territorio.

Algunas comunidades autónomas, como Cataluña y Castilla la Mancha, exigen que los apartamentos turísticos se identifican con una placa con las iniciales “AT” (apartamento turístico). En otras como La Rioja se clasifican los apartamentos turísticos en 3 llaves, 2 llaves y una llave.

En Murcia la ley establece unos requisitos para poder ofrecer dicho alojamiento a terceros. Los apartamentos turísticos de esta provincia se clasifican de una a cinco llaves. 

Se ejerce la actividad de alquiler de apartamentos turísticos cuando se cede el uso y disfrute de estos inmuebles, incluyendo los servicios e instalaciones comunes, comprendidos en el bloque donde se encuentre el apartamento.

Estas unidades de alojamiento deberán estar en condiciones de ser utilizadas por los clientes en el momento de ser ocupadas, manteniéndose en perfecto estado de habitabilidad y correspondencia con su categoría. Debe estar el apartamento en las debidas condiciones de limpieza e higiene.

En algunas provincias, como Aragón y Murcia, la ley establece que los apartamentos deberán estar constituidos como mínimo por las siguientes habitaciones: dormitorio, baño, comedor y cocina.

El dormitorio será la habitación dedicada exclusivamente al descanso. Dotada de cama o camas correspondientes a la característica de la habitación. Tendrá algún sistema efectivo de oscurecimiento impidiendo el paso de la luz y no podrá servir de paso a otra estancia excepto baños, aseos o vestidores exclusivos del dormitorio.

El salón o comedor tendrá como mínimo una mesa de comedor, un número de sillas igual a la capacidad en plazas del alojamiento y un sofá y un televisor.

El cuarto de baño dispondrá mínimo de ducha, lavabo e inodoro y dicha habitación será independiente del resto de piezas del apartamento.

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