¿Para qué sirve la escritura de la vivienda?

Nerea Gastesi I Publicado: I Actualizado:

Es el documento que certifica que somos los propietarios de un inmueble.

¿Para qué sirve la escritura de la vivienda?

¿Para qué me sirve la escritura de la vivienda? Este documento certifica que somos los propietarios de un inmueble, por lo tanto, nos da derecho a utilizarlo y a venderlo cuando queramos mudarnos. Desde iAhorro te explicamos cómo se solicita y todas las dudas relacionadas con este documento.

 

 1. ¿Qué es la escritura de una vivienda y para que la necesito?

La escritura de una vivienda es una especie de recibo legal necesario para inscribir un inmueble en el Registro de la Propiedad. Cuando compramos una casa traspasamos grandes cantidades de dinero a un vendedor, por lo tanto, para que esa operación quede registrada es necesario hacer una escritura que tendrá que ser firmada ante notario.

Asimismo, la escritura de la vivienda certifica que somos nosotros los propietarios y, además, nos proporciona la capacidad legal de poder vender el inmueble.


2. ¿Dónde y cómo se solicita la escritura de un inmueble?

La escritura de la vivienda tendremos que firmarla ante notario. Para ello tendremos que facilitar una serie de documentos:

    - DNI del titular de la vivienda.

    - Profesión del titular de la vivienda.

    - El título de la propiedad del inmueble: certifica quién va a ser el titular de la vivienda.

    - Estado de cargas del inmueble: en este documento debe figurar si la vivienda tiene algún embargo, si está hipotecada, etc.

    - Certificado de eficiencia energética.

    - En el caso de formar parte de una comunidad de propietarios, también será necesario un certificado que acredite que estamos al corriente de los pagos.

La firma de la escritura de la vivienda no la haremos solos, nos acompañarán una serie de agentes clave en el proceso:

    - El notario: formalizará el documento.

    - Vendedor: la persona o agencia inmobiliaria que nos haya vendido el inmueble.

    - Apoderado del banco: estará presente en el caso de que hayamos formalizado un préstamo hipotecario para adquirir la vivienda.

Una vez firmado se inscribirá en el Registro de la Propiedad para que conste que tenemos una vivienda y cuál es su estado.


3. ¿Cuánto cuesta la escritura de la vivienda?

Los gastos de escritura de la vivienda son los correspondientes a los gastos de compraventa de un inmueble. Por lo tanto, serían los siguientes:

    - Notaría: unos 450 euros.

    - Registro: entre el 0,1% y el 0,3% del valor del inmueble.

    - Gestoría: entre 200 y 350 euros.

    - IVA: solo es aplicable a las viviendas nuevas. Supone el 10% del valor de la vivienda en la península y un 6,5% en las Islas Canarias.
    Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD): se paga en caso de que adquiramos una vivienda nueva y cuesta entre el 0,5% y el 1,5% del valor de la vivienda.  

    - Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): se aplica en viviendas de segunda mano. Su importe es entre el 6% y el 10% del valor de la vivienda y varía en función de la Comunidad Autónoma.

Por lo tanto, si voy a realizar la escritura de una vivienda nueva en Madrid de 300.000 euros el coste sería el siguiente:

    - Notaría: 450 euros

    - Registro (0,2%): 600 euros

    - IVA (10%): 30.000 euros

    - Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (1%): 3.000 euros

    - Total: 34.050 euros

En este caso habría que pagar 34.050 euros para formalizar la escritura de la vivienda.

 
 4. ¿Se puede modificar la escritura de una vivienda?

Podemos modificar la escritura de la vivienda ante notario en cualquier momento. Esto puede pasar si vendemos la vivienda, por ejemplo, donde tendríamos que cambiar el propietario del inmueble. También tendremos que modificar el documento en caso del fallecimiento del propietario para traspasar la vivienda a los herederos.

En cualquier caso, será necesario hacerlo ante notario y notificar los cambios al Registro de la Propiedad.


5. Si el titular fallece… ¿Hay que cambiar la escritura de la vivienda?

Cuando el titular de la vivienda, es decir, de la escritura de la vivienda fallece los herederos tendrán que asumir esa propiedad. Por lo tanto, será necesario acudir ante notario para modificar la escritura de la vivienda y así certificar al Registro de la Propiedad que el inmueble tiene nuevo dueño.


6. ¿Se puede solicitar copia de la escritura de la vivienda?

Puede ocurrir que hayamos perdido el documento con la escritura de la vivienda. En ese caso existen dos formas de poder obtener una copia:

    - Acudir al notario: si visitamos al notario que tramitó nuestra escritura de la vivienda podremos pedirle que nos dé una copia.

    - Acudir al Registro de la Propiedad: si no sabemos quién tramitó nuestra escritura podemos pedir una nota simple de la vivienda en el registro y allí figurará el escrito de la vivienda. Para solicitar dicho documento tendremos que aportar nombre y apellidos del titular de la vivienda, su DNI y la ubicación exacta de la propiedad.

 

7. ¿La escritura de la vivienda y la escritura de obra nueva es lo mismo?

La escritura de la vivienda es aquella que realizamos para certificar que una vivienda es de nuestra propiedad. La escritura de obra nueva, en cambio, sirve para notificar al Registro de la Propiedad los cambios que se han llevado a cabo en una finca, que pueden ser el levantamiento de uno o varios edificios residenciales.

Asimismo, necesitaremos realizar dos escrituras de obra nueva: una cuando nos dispongamos a realizar los cambios en la finca (la construcción de las viviendas, por ejemplo) y otra cuando terminemos la obra (para notificar al Registro de la Propiedad que en ese terreno existen unas viviendas, edificios para oficinas etc.). Ambos documentos los tramita el propietario de la obra y son firmados ante notario.
 


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