hace 7 años

¿Vinculaciones en escritura o en contrato privado?

Lo primero perdón porque no sé si se lanzó la pregunta y la estoy volviendo a poner...
Gracias!


Hola, buenas tardes:

Voy a firmar una hipoteca para la que me obligan a contratar seguros de vida y hogar, plan pensiones y hasta seguro de coche, a cambio de bajar el diferencial (0,1% por cada vinculación). Sé que prefiero la penalización a tener que contratar todo eso, pero si no, no hay hipoteca.
Mi duda es dónde se deben firmar esas vinculaciones (de las que yo me quiero ir librando poco a poco, si no puede ser de golpe, y asumir la penalización por cada una de ellas). Además, los seguros tienen que ser durante 5 años y en una sola prima (abuso total desde mi punto de vista).

¿Deberían aparecer en la escritura, una a una y con el tipo de bonificación de cada una de ellas y la penalización si esta deja de contratarse o deberían ir en contrato privado aparte? ¿Qué es lo mejor para mí? Entiendo que ir de una en una en la escritura, pero igual me equivoco...

Muchas gracias de antemano por la respuesta que de seguro me a ayudar muchísimo.

Saludos,
Ginebra

Antonio Ripoll hace 7 años

Estimada amiga:

Personalmente pienso que las vinculaciones deben ir en escritura pública. En el fondo, aunque éstas inciden sobre el préstamo, éste es la causa de la hipoteca inscrita en el Registro de la Propiedad y afecta a la misma, con lo que, aunque es discutible, entiendo que cabría dentro del art. 1280.1 C.c.

Sucede que, a posteriori, muchos bancos ofrecen vinculaciones, se dejan al margen de la escritura con el pretexto de no incurrir en nuevos gastos.

También, en otras ocasiones, se firman simultáneamente a la escritura, pero en documento privado, este caso no deja de ser una forma de dar opacidad a la operación.

El problema es que difícilmente se puede negociar, en la práctica, con el Banco, el tema que nos comentas.

Saludos

Ginebra hace 7 años

Muchas gracias por la respuesta. Me aseguraré de que así aparece.

Un saludo,
Ginebra

Antonio Gallardo hace 7 años

Buenos días. Las penalizaciones al ser individuales deberían aparecer de esa forma detallando las condiciones de cada uno y la bonificación. Así, como indicas podrías ir cancelando cada una de ellas cuando lo desees ya que tal y como indicas en el caso de estos productos comercializados por las entidades financieras tienen un coste que suele superar la bonificación que recibes.

Además, ten en cuenta que a medida que pase el tiempo y tengas menos capital pendiente las bonificaciones son incluso menos rentables.

En respuesta a:

Lo primero perdón porque no sé si se lanzó la pregunta y la estoy volviendo a poner...
Gracias!


Hola, buenas tardes:

Voy a firmar una hipoteca para la que me obligan a contratar seguros de vida y hogar, plan pensiones y hasta seguro de coche, a cambio de bajar el diferencial (0,1% por cada vinculación). Sé que prefiero la penalización a tener que contratar todo eso, pero si no, no hay hipoteca.
Mi duda es dónde se deben firmar esas vinculaciones (de las que yo me quiero ir librando poco a poco, si no puede ser de golpe, y asumir la penalización por cada una de ellas). Además, los seguros tienen que ser durante 5 años y en una sola prima (abuso total desde mi punto de vista).

¿Deberían aparecer en la escritura, una a una y con el tipo de bonificación de cada una de ellas y la penalización si esta deja de contratarse o deberían ir en contrato privado aparte? ¿Qué es lo mejor para mí? Entiendo que ir de una en una en la escritura, pero igual me equivoco...

Muchas gracias de antemano por la respuesta que de seguro me a ayudar muchísimo.

Saludos,
Ginebra
Haz tu pregunta