hace 9 años

Contratar seguro de vida despues de firmar la compra e hipoteca

Buenos días
El día 30 de octubre firme la compra de una vivienda (120.000) y un prestamo hipotecario (100000) ante el notario. La hipoteca tiene 2 vinculaciones, domiciliación de nómina y seguro de hogar (en caso de no cumplir me suben el diferencial 0.50)
El día 6/11/15 me llama el comercial del banco, que me pase a firmar un seguro de vida. Asombro total
Voy a la oficina y me hace una simulación, el asombro ya es mayusculo 950euros.
Este seguro no aparece por ninguno de los papeles que me facilitaron fiber, ni por supuesto en la escritura de compraventa de la vivienda, ni la escritura de contratación del préstamo hipotecarios.
Mi pregunta es
Tengo que firmar dicho seguro (he pedido presupuesto a otras compañias, mucho mas baratos 300-600 euros dependiendo de coberturas), despues de haber firmado ante notario la compra y la hipoteca?
Si me niego, que consecuencias podría tener. Como he dicho no aparece ninguna vinculación en la escritura.
Muchas gracias

Carlos Lluch hace 9 años

Hola Paco45.

Lamento muy sinceramente que un mediador de seguros, pues eso es lo que es un banco cuando comercializa seguros, se porte de una forma tan profundamente antiética y de un modo tan execrable. Simplemente son una verguenza para mi profesión y merecen un castigo implacable que solo el consumidor afectado está legitimado a promover.

En este caso que nos describes:

El seguro de hogar no es obligatorio salvo que la hipoteca sea titulizada en cuyo caso deberían informarte.
si es obligatorio por existir titulización tu, como consumidor, eres libre de elegir dónde contratar. Del mismo modo en que para el seguro de vida te cuesta la mitad (o menos) en el mercado libre si echaras cuentas puede que el sobreprecio que pagas por el de hogar combinado con la renuncia a coberturas de calidad adecuadas a tu estilo de vida y riesgos reales hasta compense ese 0,50% de diferencial.

Tampoco existe ninguna obligación legal de contratar un seguro de vida y, en todo caso, eres libre de contratarlo con y de la marca que prefieras.

Por tanto advierto que te están engañando que es lo que sucede cuando se miente a un cliente y si ello es para obtener un beneficio económico entramos en el campo de la estafa.

Pero, sigamos, que este caso da para mucho más.

Por ejemplo el art 5.e de la Ley 26/2006 le prohíbe a tu banco "Imponer directa o indirectamente la celebración de un contrato de seguro." que es lo que han hecho con el seguro de hogar.

El art 5.g de la misma Ley prohibe "Celebrar en nombre de su cliente un contrato de seguro sin el consentimiento de éste." que es lo que han hecho con tu seguro de vida.

Pero, además y en relación a este último han violado un derecho especial que tiene todo asegurado de vida y que viene recogido en el art 84 de la Ley de Contrato de Seguro pues dice "En los seguros para caso de muerte, si son distintas las personas del tomador del seguro y del asegurado, será preciso el consentimiento de éste, dado por escrito, salvo que pueda presumirse de otra forma su interés por la existencia del seguro." Al no tratarse de un seguro obligatorio no puede presumirse nada y si tu no has firmado ese consentimiento pues... ¡otra Ley violada!

Por no dejarse ningún títere con cabeza también han vulnerado el Real Decreto Legislativo 1/2007 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias en su art 88.1 donde declara que es abusiva "La imposición de garantías desproporcionadas al riesgo asumido."; ten en cuenta que un préstamo hipotecario tiene una garantía real que es la propia casa y que la Ley hipotecaria prohíbe hipotecar por encima del 80% salvo supuestos especiales. Por tanto un seguro de vida no obligatorio es una garantía excesiva y, por tanto, abusiva.

Si entramos en el Código Civil español resulta que el art 1261 nos díde que "No hay contrato sino cuando concurren los requisitos siguientes: 1.º Consentimiento de los contratantes..." Por ello estamos ante un contrato de seguro nulo. 

Pero, además, en tu caso se ha producido una suplantación de identidad puesto que no hay seguro de vida que no lleve asociadas unas declaraciones de salud, informando características biométricas como la estatura o el peso, la práctica de deportes o actividades de riesgo, las posibles incidencias en materia de salud o historial médico, etc. Todo ello es necesario que sea declarado y firmado por el propio asegurado y es la base que permitirá - si llega el caso - obtener la prestación garantizada y es un asunto muy delicado pues si hemos incurrido en falsedad... ¡no cobramos!

Por ello el banco no solo ha incurrido en un delito de falsedad en documento mercantil (todo contrato lo es) al suplantarte, sino que puede haber convertido tu dinero en humo si aunque te cobre el precio del seguro esas declaraciones inventadas comprometen tu derecho a cobrar algún día el seguro.

Asimismo el banco ha comunicado datos personales tuyos y una ficción de declaración de salud a una empresa externa: la compañía de segusos. Además le ha dado tu número de cuenta bancaria. Todo ello son DATOS personales especialmente protegidos con exigencia de niveles de seguridad ALTO. Es decir, han violado la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Y, como cierre y colofón de todo este recorrido dejo otra cuestión no menos interesante: ¿Cómo denominamos en la calle a quien sin derecho ni permiso se apropia de dinero nuestro? Pues bien, al descontarte de tu cuenta un importe de 950 %u20AC debemos tener en cuenta que el artículo 252 del Código Penal dice "Serán castigados con las penas del artículo 249 o 250, en su caso, los que en perjuicio de otro se apropiaren o distrajeren dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble o activo patrimonial que hayan recibido en depósito, comisión o administración, o por otro título que produzca obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido , cuando la cuantía de lo apropiado exceda de cuatrocientos euros. Dicha pena se impondrá en su mitad superior en el caso de depósito necesario o miserable " En este momento lo que te han hecho entra en esta clasificación.

Tienes varias opciones en este momento, desde hablar con ellos y decirles que cuentas hasta tres y que quieres que tu dinero esté en la cuenta a acudir a la comisaría más próxima y denunciar penalmente.

El problema de todo esto es que repiten la historia una y otra vez. A mucha gente la asustan o cree que será víctima de represalias y calla.Otros muchos consiguen resultados con argumentos como los que facilitamos en i-Ahorro. Los menos son los que van a comisaría pero estos últimos son los más efectivos porque si hubiera más como ellos se lo pensarían dos veces. Mientras sea rentable y mientras sigan en la impunidad seguirán abusando del ciudadano.

Un saludo y gracias por consultar.

Carlos

Equipo editorial hace 9 años

Nefasta actuación que merece que recaiga sobre el banco todo el peso de la Ley.

Esperemos a que los expertos en seguros te expliquen la mejor forma de proceder.

paco45 hace 9 años

Pues el tema es incluso mas grave.

me he metido en banca online y para mi sorpresa me han cobrado el seguro de vida

acabo de llamar a atención al cliente del banco santander para presentar una reclamación

Equipo editorial hace 9 años

Paco,

Según lo que te diga el bancario, nos lo comentas. A ver si conseguimos entre todos que entiendan que hacer negocio no significa engañar a los clientes.

Gracias a ti.

paco45 hace 9 años

muchas gracias por la respuesta

En respuesta a:

Buenos días
El día 30 de octubre firme la compra de una vivienda (120.000) y un prestamo hipotecario (100000) ante el notario. La hipoteca tiene 2 vinculaciones, domiciliación de nómina y seguro de hogar (en caso de no cumplir me suben el diferencial 0.50)
El día 6/11/15 me llama el comercial del banco, que me pase a firmar un seguro de vida. Asombro total
Voy a la oficina y me hace una simulación, el asombro ya es mayusculo 950euros.
Este seguro no aparece por ninguno de los papeles que me facilitaron fiber, ni por supuesto en la escritura de compraventa de la vivienda, ni la escritura de contratación del préstamo hipotecarios.
Mi pregunta es
Tengo que firmar dicho seguro (he pedido presupuesto a otras compañias, mucho mas baratos 300-600 euros dependiendo de coberturas), despues de haber firmado ante notario la compra y la hipoteca?
Si me niego, que consecuencias podría tener. Como he dicho no aparece ninguna vinculación en la escritura.
Muchas gracias
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