hace 10 años

Dar de baja seguro de vida vinculado, una vez que tienes la hipoteca

Me han concedido una hipoteca en el banco santander, y he tenido que hacerme un seguro de vida vinculado. Ahora que tengo el dinero, ¿¿puedo "darme de baja" de ese seguro??

Carlos Lluch hace 8 años

Hola Cristian,

Me alegra que hayas echado cuentas: si mucha gente las hiciera se daría cuenta de que le sale más barato pagar el difierencial que se ahorra con los seguros que el sobrecoste que estos tienen en el banco respecto de los precios (primas) de mercado.

Mantengo lo que dice Ramón y, si estás ante un seguro anual renovable, tendrás la opción de preavisar con el plazo marcado por el art 22 de la Ley de Contrato de Seguro. De acuerdo con lo previsto en la Disp Transitoria Decimotercera de la Ley 20/2015 este plazo ha sido reducido a un mes pero las aseguradoras siguen manteniendo que exigirán dos meses por lo que es más seguro tomar ese plazo como mínimo para preavisar. Dado que es importante que eso pueda demostrarse a tope mi recomendación es gastarse los 12 o 15 euritos que vale y hacerlo con un Burofax dirigido al asegurador (no al banco).

Saludos.

Anónimo hace 8 años

Buenas días,

Tengo un seguro de vida (caixanova vida y pensiones s.a.) vinculado a un préstamo personal de A BANCA. Estuve pagandolo durante 6 años pero en Marzo me subieron la cuota de 4,86%u20AC a 15,50 %u20AC, sin mandarme ningún comunicado. Pregunté en la oficina y dijeron que era debido a la edad, pero tengo 34 años, es decir, lo lógico sería si tuviese 30 no a partir de los 34 no?

el caso es que me quería dar de baja del seguro y como lo lleva caixanova vida y pensiones s.a. tengo que tramitarlo a traves de las oficinas de A banca y me dicen que no puedo, al ser un seguro vinvulado a un crédito. 

Esto es legal? es decir, no debería tener derecho a darme de baja de ese seguro y poder darme de alta en otra empresa de seguros? o sea cambiarme

Es que he visto lo del plazo de 30 días y claro, si un cliente no está satisfecho por lo que sea con esa compañia de seguros, al haber pasado los 30 dias tiene obligatoriamente que pagar el seguro hasta que acabe de pagar el crédito?

saludos

Maria

Ramón Calvo hace 8 años

Buenos días Cristian.

Por lo que indicas, la póliza es anual renovable, y avisando fehacientemente a la aseguradora en plazo, podrás anularla.

Saludos. Ramón Calvo. 

Anónimo hace 8 años

Hola Carlos, a ver si me pudieras aclarar una duda.

Mi mujer y yo firmamos en 2009 una hipoteca en la que había una bonificación para ésta si cumplíamos ciertos requisitos entre ellos tener seguro de hogar contratados y seguro de vida con la entidad.

Haciendo cálculos me sale más barato contratarlo por otra vía y no tener la bonificación.

En el seguro de hogar no hay problema, pero en la póliza del seguro de vida pone que tiene vencimiento en el año 2036 (que es cuando me vence la hipoteca), cabe decir que el pago de la prima es anual.

Según la ley para cancelar una póliza avisar con dos meses de antelación. 

En palabras más vulgares ¿me como el seguro hasta el 2036? ¿o puedo cancelarlo dos meses antes del pago de la prima?

Muchas gracias de antemano por tu respuesta.
Saludos,
Cristian.

Anónimo hace 8 años

Buenas! Estamos a punto de firmar una hipoteca mi pareja y yo con Unicaja, fijo al 3,5% mi pareja es funcionario y le obligan al seguro de vida para ella, el de hogar q de que es obligatorio y por colmo un seguro de desempleo por vigencia de 5 años y por valor de 3700 euros. Todos los seguros con caser el director del banco se niega a quitarnos ningún seguro y nos amenaza con que nos firmemos esa hipoteca si no nos gustan las condiciones. Mi pregunta es...una vez firmada la hipoteca puedo devolver ese recibo y cancelar el seguro de desempleo? Necesito ayuda por favor. Muchas gracias de antemano.

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Me han concedido una hipoteca en el banco santander, y he tenido que hacerme un seguro de vida vinculado. Ahora que tengo el dinero, ¿¿puedo "darme de baja" de ese seguro??
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