hace 9 años

Desistimiento seguro de vida vinculado al préstamo

 Hola Carlos, tengo una duda que resolver.

Quiero pedir 27500€ para comprar un coche y en la financiera me hacen vincular un seguro de vida al préstamo por valor de 1945€, un abuso teniendo en cuenta que tengo 29 años.

La financiación que me ofrecen me interesa, pero no tener que pagar un seguro de vida mas los intereses que genere, ya que no tiene sentido, al ser probable que incluso cancele el préstamo antes.

Puedo desistir sin problemas de dicho seguro? Me generaría algún interés al ser la cantidad solicitada 27500 1945?

Qué alternativas tengo?

Carlos Lluch hace 7 años

Hola jcdlrh,

Si, como dices, el contrato carece de cualquier vinculación está claro que la anulación de un seguro que no forma parte de la relación contractual no puede conllevar una "modificación del contrato".

Ese dinero te lo ha prestado una financiera que no es KIA (el coche) ni tampoco otra empresa (la aseguradora) ni su intermediaria (la agencia irlandesa de seguros del grupo). Por tanto ese dinero es tuyo (por "comprarlo" financiado te van a cobrar intereses, ¿no?). 

Otra cosa es que decidas amortizar ese importe en el préstamo en cuyo caso sí estarías modificando el principal dispuesto y el correspondiente plan de amortización; por ese trabajo entiendo que es correcto que la financiera sí te cobre. el 0.50% de 419.81€ son 2.10€, redondeando, por lo que te cobrarían 18.03€ por esa amortización anticipada. Si no me equivoco por ese importe de seguro vas a pagar en 4 años 89.28€ en concepto de interés por lo que asumir esa comisión es un buen negocio.

Puede ser razonable asegurar este riesgo y si miras en el "mercado libre" verás que puedes hacerlo mucho más barato. Lo que no es de recibo es que se imponga un seguro pero, además, la Ley 26/2006 prohibe expresamente coaccionar o imponer un seguro en su artículo 5.e  

Quien vulnera la Ley para hacer un negocio no merece estar en el mercado y el Supervisor Público debería atajar de raíz estas prácticas abusivas.

Saludos,


Carlos Lluch.

Anónimo hace 7 años

Hola Carlos buenos días,

mi caso es muy similar, he comprado un nuevo coche en Kia con financiación  en SANTANDER CONSUMER vinculado  a unos descuentos un "módico TAE " del 9,7912%, con un 3% de comisión de apertura a pagar en 4 años y con una cuota final fija, y por supuesto con un seguro de vida que en la oferta inicial ponía como opcional, pero que te hacen amablemente firmar para poder acogerte al descuento de KIA, dicho seguro de vida va prorrateado en los pagos mensuales del préstamo por un importe de una prima neta de 419,81 euros.
Con lo que he leído de casos, anteriores, me queda claro que debo enviar  burofax a la sede del Santander Insurance Life en Dublín, mi duda surge con lo siguiente:

En la Información Normalizada Europea sobre el Crédito al Consumo hay un apartado que dice "demás costes derivados del contarto" donde se desglosan las comisiones, y aquí hay una que dice "Comisión por modificación del contrato del 0,50% con un mínimo de 18,03 euros"

La pregunta sería, ¿si desistir del seguro de vida opcional, supone una modificación del contrato?

Muchas gracias de antemano por la atención,

Saludos,

Anónimo hace 7 años

Hola Carlos!!
en el burofax mando el contrato de la aseguradora o algo mas? 

Carlos Lluch hace 7 años

Bueno, una cuestión es la que contesté y que se refiere a las operaciones de seguro en las que el tomador asume el riesgo de la inversión y otra muy distinta es quien es el dominus negotii en un contrato con tomador banco y asegurados sus clientes; es decir, a quien corresponden los derechos del tomador en un seguro colectivo.

En este sentido el criterio de la DGSyFP es claro: quien paga, manda.

¿Por qué los bancos ocultan esa realidad a sus clientes? Creo que está claro que lo hacen por mero interés del mismo modo en que ocultan otras cuestiones en otro tipo de operaciones como, por ejemplo, que un cliente empresa que envía una remesa está pagando por ese servicio incluyendo las posibles devoluciones por lo que es ilegal cobrar un gasto por esa devolución si se materializa pues supone cobrar dos veces. ¿No sabe eso el banco? ¡Por supuesto! Pero la ignorancia de su cliente combinada con la sensación de que el banco "concede" (como si fuera un hada madrina) hacen que se produzca una situación de vulnerabilidad que se explota.

¿Por qué lo permite la DGSyFP? Pues muy sencillo: esta institución no lee los Condicionados Generales ni los visa. Simplemente espera que el mercado funcione bien y que se denuncien los posibles abusos. Pero el cliente medio de cualquier banco acostumbra a sufrir de acojonamiento severo pues teme represalias así que...no denuncia.

Aparte la Ley 26/2006 de mediación (aplicable al banco pues este solo es un agente de la compañía) determina que la responsable de las cosas feas que hace el banco es la compañía, como si el banco fuera uno de esos agentes autónomos que en el imaginario popular patea calles vendiendo pólizas una a una. Así, cuando alguien reclama contra el banco...se lo cuelgan a la compañía y de este modo el expediente del banco siempre está inmaculado. ¿Es eso correcto? Yo creo que no pues sirve para que, de tapadillo y saliiéndose siempre de rositas este mercado esté profundamente podrido a base de abusos.

 Así está el patio. ¿Se puede cambiar? Pues algunos estamos en ello pero necesitamos la ayuda de la parte fundamental: las víctimas, es decir, los clientes del banco. 

Saludos,

Carlos Lluch
esbroker.com
@carloslluch

Anónimo hace 7 años

Hola Carlos:

Muchísimas gracias por tu contestación.

No hay ninguna confusión. En tu explicación habría bastado, creo yo, con que explicaras que a todos los efectos el tomador de estas pólizas, figure quien figure como tal (normalmente el Banco), es el asegurado, quien paga la prima y auténtico dominus negotii de acuerdo con el criterio de la Dirección General de Seguros.

Al hilo de esto si que me gustaría conocer tu opinión de porqué los Bancos, sabiendo que no son considerados tomadores de estos seguros, siguen apareciendo en el texto de estas pólizas y, ya puestos, porqué la D.G. Seguros sabiendo que resta claridad y transparencia a estas pólizas, se lo permite. 

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 Hola Carlos, tengo una duda que resolver.

Quiero pedir 27500€ para comprar un coche y en la financiera me hacen vincular un seguro de vida al préstamo por valor de 1945€, un abuso teniendo en cuenta que tengo 29 años.

La financiación que me ofrecen me interesa, pero no tener que pagar un seguro de vida mas los intereses que genere, ya que no tiene sentido, al ser probable que incluso cancele el préstamo antes.

Puedo desistir sin problemas de dicho seguro? Me generaría algún interés al ser la cantidad solicitada 27500 1945?

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