hace 11 años

pago de la rotura de móvil

Buenos días, puede resultar cómico lo que a continuación voy a relatar pero es cierto, me disponía a tomar algo en una terraza cuando el camarero derramó una bebida encima de mi teléfono móvil, tras secarle usando todos los métodos habidos y por haber, no funciona.

Mi pregunta es la siguiente ¿El seguro del establecimiento puede cubrir esto? ¿Le puedo reclamar algo al bar o no? ¿El seguro de mi casa puede cubrirlo? Un saludo y gracias.

Anónimo hace 7 años

En respuesta a:

"Se trata de un tema clásico de Responsabilidad Civil del establecimiento. Solicita al bar que te den los datos de su seguro (compañía y número de póliza; estos datos son obligatorios para que puedas ejercer tu derecho a la "acción directa" prevista en el art 76 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro). Si el establecimiento se niega a facilitarte los datos solicitale una hoja de reclamaciones por vulnerar tus derechos legales; si no te la quiere dar o no la tiene puedes llamar a la policía local y - además - le pondrán una multa.

El seguro de hogar no te servirá a efectos de indemnización salvo que tengas una póliza especialmente diseñada para patrimonios (son pólizas cuyo coste anual "empieza" en los 1.500€.  En cambio puede que tengas una cobertura de "Reclamación de daños" en cuyo caso sí pueden ayudarte a que el seguro de RCivil del bar o este si no cuenta con seguro te indemnicen.

Saludos,"

En este caso y si no tiene arreglo, te dan el precio del movil en ese momento o el impoprte de la factura? gracias, Mayte

Anónimo hace 8 años

cuidado con seguros de plus ultra. el mes pasado se me cayó el movil d un amigo en casa. En un principio eso lo cubre la responsabilidad civil de la poliza. Pues ellos tienen puesta una clausula en la cual se excluye daños a terceros. Llevaba 7 años en esta compañía y venden la moto como quieren y luego cuando llega el siniestro se lavan las manos. es vergonzoso.

La Biblioteca Aseguradora hace 10 años

Con el seguro de hogar actual salvo que tengas un cobertura propia de "todo daño material" no lo cubre, salvo que los daños proviniesen de un atraco fuera de la vivienda, o un robo dentro de ella, o un incendio..... pero un daño accidental como el indicado no tiene cobertura sino es por la garantía indicada. ESta garantía incluirla te puede servir para el futuro, por si en lugar de un camarero, te ocurre por algún accidente personal. El coste de la garantía puede depender según la Aseguradora pero no tiene por qué superar los 90 o 100 € año. según el resto de condiciones del seguro. Suele aplicarse una franquicia de 60 o 100 €, pero esta franquicia e algunos seguros es relativa es decir si el daño no alcanza este valor la Aseguradora no paga nada, pero si se alcanza lo paga todo.
En este caso como bien ha indicado Carlos LLuch para hacer la reclamación directa necesitas lo apuntado, pero la reclamación la puedes formular igual. Según el seguro de hogar que puedas disponer y la amplitud de la defensa jurídica y protección jurídica ampliada, tendrás asesoramiento legal de los trámites a seguir. De no tener defensa jurídica en el seguro suscrito, si el establecimiento no se hace cargo amistosamente del arreglo, no te quedará otro remedio que acudir a la justicia ordinaria y contratar un abogado. Un saludo cordial.

Carlos Lluch hace 10 años

Se trata de un tema clásico de Responsabilidad Civil del establecimiento. Solicita al bar que te den los datos de su seguro (compañía y número de póliza; estos datos son obligatorios para que puedas ejercer tu derecho a la "acción directa" prevista en el art 76 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro). Si el establecimiento se niega a facilitarte los datos solicitale una hoja de reclamaciones por vulnerar tus derechos legales; si no te la quiere dar o no la tiene puedes llamar a la policía local y - además - le pondrán una multa.

El seguro de hogar no te servirá a efectos de indemnización salvo que tengas una póliza especialmente diseñada para patrimonios (son pólizas cuyo coste anual "empieza" en los 1.500€.  En cambio puede que tengas una cobertura de "Reclamación de daños" en cuyo caso sí pueden ayudarte a que el seguro de RCivil del bar o este si no cuenta con seguro te indemnicen.

Saludos,

En respuesta a:

Buenos días, puede resultar cómico lo que a continuación voy a relatar pero es cierto, me disponía a tomar algo en una terraza cuando el camarero derramó una bebida encima de mi teléfono móvil, tras secarle usando todos los métodos habidos y por haber, no funciona.

Mi pregunta es la siguiente ¿El seguro del establecimiento puede cubrir esto? ¿Le puedo reclamar algo al bar o no? ¿El seguro de mi casa puede cubrirlo? Un saludo y gracias.
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