hace 9 años

PIAS CON LAS CUENTAS EMBARGADAS

Buenas noches, se puede tener un pias teniendo todo embargado por hacienda en la cuenta de otra persona?

Carlos Lluch hace 9 años

Hasta hace poco la Ley que regula los planes de pensiones (a los que se aimilan ppa's y pias en mayor o menor medida) recogía en su art 8º la inembargabilidad de los derechos consolidados (provisiones matemáticas de balance si hablamos de seguros) hasta que las prestaciones se hacían efectivas.

Ello por dos motivos: 

- el primero y más importante es que se trata de un ahorro finalista para contingencias futuras con un marcado carácter social. Esta es una justificación filosófica.
- el segundo es que no se integran en el patrimonio del partícipe o asegurado hasta que son efectivas las prestaciones y de ahí que existan beneficios tributarios. Esta justificación es más práctica.

Dicho esto supongo que a todos nos constará que el actual Gobierno mantiene la empatía social en mínimos y ello no solo se ha dejado ver en los recortes de todo tipo que hemos visto o padecido los ciudadanos - no la banca, por cierto - sino que también se ha trasladado a las sutilezas que admite el lenguaje jurídico. 

Y estamos ante uno de esos casos.

Porque en la reforma de la Ley del IRPF vigente desde 1º de enero de 2015 se ha cambiado la palabra "efectivo" por otra, concretamente por "disponibles".

Así las cosas si antes un parado de larga duración tenía este tipo de derechos económicos pero no los hacía efectivos, es decir, no cobraba ni en forma de capital ni de renta no eran embargables.

Pero con la reforma del IRPF ya son embargables por el mero hecho de estar disponibles. Aunque no se ejecute el derecho.

Asimismo en el pasado ha habido situaciones conocidas ante enfermedades graves, por ejemplo, en los que se ha interpretado en esta clave de la disponibilidad y no de la disposición. Por tanto existía riesgo ya con anterioridad si bien ahora es una realidad sin alternativa.

Por otra parte todos estos productos están sujetos a la normativa de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo por lo que eso de que aparezca otro como pagador tendría unas derivadas bastante desagradables si, además, se interpreta en clave de alzamiento de bienes y velo.

Considero que esta es una via muerta.

Saludos,

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Buenas noches, se puede tener un pias teniendo todo embargado por hacienda en la cuenta de otra persona?

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