hace 10 años

Puedo reclamar el dinero que me gasté en una grúa a mi seguro, aunque no fuera de la compañía?

Hola,

El otro día tuve un percance con el coche y se averió. La avería fue en un pueblo de montaña y tenía prisa por llegar a trabajar, por eso cogí una grua, aunque no era de mi compañía, pues la persona responsable me dijo que me lo restituirían cuando le presentase la factura,

¿tengo derecho a exigir ese dinero que me cobraron?

Un  saludo.

Carlos Lluch hace 10 años

Hola, Dede.

En principio los seguros se basan en el llamado "principio indemnizatorio" que consiste en compensar una pérdida o daño económico que hemos sufrido con dinero. Ese principio indemnizatorio viene reflejado con total claridad en el art 19 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro que dice, textualmente, lo siguiente: "El asegurador estará obligado al pago de la prestación, salvo en el supuesto de que el siniestro haya sido causado por mala fe del asegurado."

Dicho artículo carece de condicionantes.

Por su parte el segundo párrafo del art 18 de la misma Ley dice "Cuando la naturaleza del seguro lo permita y el asegurado lo consienta, el asegurador podrá sustituir el pago de la indemnización por la reparación o la reposición del objeto siniestrado."

He remarcado ese "el asegurado lo consienta" y es adrede.

La industria aseguradora hace años que se planteó ir sustituyendo la indemnización por la prestación de servicios. Así resulta que llamamos y nos mandan un fontanero, envían un cristalero, nos remiten a un taller concertado para reparar, nos ponen un abogado para reclamar o acude una grúa rotulada como si fuera de la aseguradora. Eso puede significar un servicio de interés para el cliente pero resulta claro que no puede ser una exigencia que anule el mandato de la Ley y esta prevé, por encima de todo, que seas indemnizado.

En general puede ser que halles bastante oposición a pagar una grúa no concertada y también puede ser que halles algún tipo de reseña en el contrato que diga que no se trata de una cobertura aseguradora (es decir, con contenido económico) sino de una prestación de servicios concertados fuera de la cual no existe vida inteligente por lo que te negarán el reembolso. También puede ocurrir que pongan un límite de reembolso, cosa que me parecería más normal.

Sugerencia: lee el libro que acompaña al seguro, las Condiciones Generales, que son las reglas de juego de tu seguro y en función de lo que diga y cómo lo diga tendrás una u otra vía. Si no aluden a que se trata de una prestación de servicios concertados estarás ante una cobertura aseguradora y, en tal caso, correspondería reembolso.

En seguros los matices cuentan y estos son materia de estudio del profesional a quien recomiendo acudir para contar con asesoramiento preventivo. No sea que lo que necesitamos sea bastante distinto de lo que acabamos comprando.

Un saludo,

La Biblioteca Aseguradora hace 10 años

En principio no, por no haber llamado al servicio de Asistencia, aunque por la localidad estuviese alejado, llamando al servicio de la Aseguradora esta le indicaría como hacer el servicio, y en todo caso Vd podría haber "negociado" la posibilidad de utilizar ese servicio y fuese aceptado. Al no hacer la llamada y no explicar la situación a la Aseguradora ahora va a ser muy difícil.
Como consejo intentaría explicar a la Aseguradora el caracter urgente de la situación e intentar que sobre el precio de la factura le abonen al menos hasta el coste que a elos les hubiese supuesto el mismo servicio por sus medios. Al no lamar previamente ahora es más una solución negociada que dependerá de la predisposición de su Aseguradora, y lo que esté delimitado en esta situación por el propio contrato de seguro.
Si el precio que le han cobrado es similar al de los conciertos de las Aseguradoras es posible que no tenga problema, pensando que probablemente la Aseguradora terminase lamando al propio servicio que Vd realizó, pero el hecho de no haber llamado al menos de forma previa a realizar el servicio, puede representar alguna dificultad. Lo reglado es llamar al servicio de la Compañía.
Un cordial saludo

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Hola,

El otro día tuve un percance con el coche y se averió. La avería fue en un pueblo de montaña y tenía prisa por llegar a trabajar, por eso cogí una grua, aunque no era de mi compañía, pues la persona responsable me dijo que me lo restituirían cuando le presentase la factura,

¿tengo derecho a exigir ese dinero que me cobraron?

Un  saludo.
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