hace 6 años

Seguro de hogar en vivienda a nombre de padre

Hola,  tengo una duda sobre como se debería asegurar la vivienda habitual en la que vivimos mi marido y mis hijos, la vivienda  es de mis padres pero vivimos nosotros como vivienda habitual, la tenemos asegurada a mi nombre pero ahí surge  la duda, cuando preguntan si es usted el propietario de la vivienda digo que si. ¿Es correcto asegurar a mi nombre o mi marido? Varios seguros siempre  me han comentado que al ser hija da lo mismo pero,  ¿en caso de siniestro grave del continente  pondría pegas el seguro o no habría  problema ya que soy heredera? 

Anónimo hace 5 años

En respuesta a:

"Error.

El propietario legal no solo es quien tiene derecho a percibir la indemnización en caso de que el bien asegurado sufra daños. También es el responsable civil de cuanto suceda por ruína o envejecimiento de la casa o sus instalaciones (art 1907 Código Civil).

Por ello declararte propietaria sin serlo tiene dos consecuencias:
  • en caso de un siniestro grave el seguro puede alegar que NO tienes interés real sobre la cosa asegurada y no pagar.
  • en caso de daños a terceros mantienes a tus padres sin seguro de responsabilidad civil dado que ellos no están asegurados con el tuyo.

Forma correcta de asegurar estos riesgos:
  1. un seguro de los bienes de tus padres (continente y el contenido que sea suyo) que incluya su responsabilidad civil. Este seguro debe hacerse con cláusula de alquiler a terceros (aunque no te cobre; por cierto, si Hacienda os pilla os exigirá que liquidéis un alquiler de mercado aunque no se cobre o lo interpretará como una donación no declarada).
  2. un seguro de tus bienes y de tu responsabilidad civil familiar con una cláusula de vivienda en alquiler que incluirá la responsabilidad civil locativa con que ampararte si causas daños al edificio y el seguro de tu padre pretende recobrarte.
En todo caso mi mejor consejo es que acudas a un corredor de confianza pues es el profesional especialista que mejor te puede ayudar. No encarece el precio del seguro y sí va a evitar que o bien tengas seguros mal diseñados o que elijas un seguro inadecuado o de mala calidad contractual o asistencial. Ni te imaginas la de porquería que se esconde tras algunos lindos anuncios.

Saludos,


Carlos Lluch
@carloslluch
esbroker.es
"

Buenas tardes Carlos,

A este respecto, hay compañías que permiten establecer varios asegurados ¿Podría ser esta una solución para cubrir la vivienda y garantizar las responsabilidades de propietario y usufructuarios? 

Gracias.

David.

 

Carlos Lluch hace 6 años

Error.

El propietario legal no solo es quien tiene derecho a percibir la indemnización en caso de que el bien asegurado sufra daños. También es el responsable civil de cuanto suceda por ruína o envejecimiento de la casa o sus instalaciones (art 1907 Código Civil).

Por ello declararte propietaria sin serlo tiene dos consecuencias:

  • en caso de un siniestro grave el seguro puede alegar que NO tienes interés real sobre la cosa asegurada y no pagar.
  • en caso de daños a terceros mantienes a tus padres sin seguro de responsabilidad civil dado que ellos no están asegurados con el tuyo.

Forma correcta de asegurar estos riesgos:
  1. un seguro de los bienes de tus padres (continente y el contenido que sea suyo) que incluya su responsabilidad civil. Este seguro debe hacerse con cláusula de alquiler a terceros (aunque no te cobre; por cierto, si Hacienda os pilla os exigirá que liquidéis un alquiler de mercado aunque no se cobre o lo interpretará como una donación no declarada).
  2. un seguro de tus bienes y de tu responsabilidad civil familiar con una cláusula de vivienda en alquiler que incluirá la responsabilidad civil locativa con que ampararte si causas daños al edificio y el seguro de tu padre pretende recobrarte.
En todo caso mi mejor consejo es que acudas a un corredor de confianza pues es el profesional especialista que mejor te puede ayudar. No encarece el precio del seguro y sí va a evitar que o bien tengas seguros mal diseñados o que elijas un seguro inadecuado o de mala calidad contractual o asistencial. Ni te imaginas la de porquería que se esconde tras algunos lindos anuncios.

Saludos,


Carlos Lluch
@carloslluch
esbroker.es

En respuesta a:

Hola,  tengo una duda sobre como se debería asegurar la vivienda habitual en la que vivimos mi marido y mis hijos, la vivienda  es de mis padres pero vivimos nosotros como vivienda habitual, la tenemos asegurada a mi nombre pero ahí surge  la duda, cuando preguntan si es usted el propietario de la vivienda digo que si. ¿Es correcto asegurar a mi nombre o mi marido? Varios seguros siempre  me han comentado que al ser hija da lo mismo pero,  ¿en caso de siniestro grave del continente  pondría pegas el seguro o no habría  problema ya que soy heredera? 
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