hace 10 años

subrrogarte a su seguro de proteccion de Pago BBVA

Hola estoy a punto de hacer una compra de una vivienda, soy mutualista de muface y el crédito hipotecario que voy a pagar es de 140.000 euros el 70% del precio total (199.000 euros) .

La duda que tengo es si tengo que contratar el seguro de Protección de Pago que me impone BBVA, aunque en las condiciones de Muface no dide nada de eso, solo he de tener la nomina y un seguro de hogar que puede ser con la compañia bbva o con otra entidad. la hipoteca es a 25 años como ellos dicen, es decir a 300 meses (25años) igual tiempo que el Seguro de Protección de pago. lo que me supone: 

  • Cuota hipoteca 584 euros  
  • cuota de mi seguro de Proteccion: 18.25 euros 
  • cuota de mi pareja seguro de Proteccion: 16.41 euros ya que la hipoteca es en comun con mi pareja los 140.000 euros , cada uno estaría asegurando el 70.000 euros
me podéis asesorar la verdad que me urge el tema ya que tengo que comprar la vivienda antes del 31 e diciembre por si cambian los tipos de interés según el convenio de muface he leido en varios foros que no es obligatorio subrrogarte a su seguro de proteccion de Pago y que es mejor luchar con la entidad para que si es en ese caso sea por Renovacion Anual, y luego después del añolo cancelas, aunque también he oido que si te viene ya impuesto en la oferta vinculante que me haga eta semana BBVA no podre hacer nada, sino aparece nada en la oferta vinculante podria cancelarlo en un plazo de 30 dias mediante notificacion de burofax? a ver si me podeis asesorar.

muchas gracias amigos

Carlos Lluch hace 10 años

Estimado Kepa,

En este caso no estamos ante una subrogación pues esto es imposible en un seguro sobre la vida humana que no es transferible. Estamos ante una posible adhesión a un contrato colectivo.

De acuerdo con la Ley y el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros si te hallaras ante un contrato colectivo mantendrías la condición de "dominus negotii" - es decir, de total control de decisión - al pagar tu la prima de seguro. Esto es muy importante porque en caso de que te obliguen sí o sí mantendrías el derecho del art 83.1.a de la Ley 50/1980 de contrato de seguro que te permite anular cualquier seguro de vida durante el periodo de 30 días a contar desde el momento en que recibas la póliza.

No obstante aquí también puedes tener un problema y no ser de aplicación el artículo anterior si el seguro tiene garantías distintas del seguro de vida pues dicho artículo 83.1.a no sería aplicable; Por ejemplo si incluye coberturas en caso de paro o de baja laboral no es un seguro de vida puro sino de enfermedad. Pero en ese caso deberías denunciar el contrato - o esa parte del contrato - por nulo de pleno derecho si eres funcionario dado que ambas situaciones no son riesgos que graviten sobre tu persona y, por tanto, el seguro sería ineficaz a su efecto inicial. En el caso de tu esposa lo dudo pues no indicas profesión.Por otra parte sería interesante que hables con el Dtor del BBVA de turno y le expliques que estas condiciones MUFACE no contemplan ese seguro y que si se quiere arriesgar a las consecuencias que surgirán tras la denuncia de este abuso que tire para adelante o que se tome la vida con más calma pero que tú y tu esposa no váis a ayudarle a cumplir sus objetivos de ventas de seguros. Creo que MUFACE no vería con buenos ojos que se abuse de sus mutualistas.

Por último, un consejo: cuando una persona desaparece en una pareja los gastos fijos no se reducen a la mitad. El mínimo de la luz, del teléfono, del gas, del colegio de los hijos, del seguro del coche, de la gasolina para ir al mercado o de la compra de un medicamento no se dividen por dos. No es una buena medida distribuir al 50% el capital de una hipoteca y cubrir solo ese porcentaje. Muchas veces, incluso, existe diferencias de renta entre cónyuges pero - además - al desaparecer uno de ellos aparecen gastos adicionales que son a veces demoledores para una economía doméstica. No creo que debáis estar sin seguro de vida ni creo que sea inteligente cubir solo el 50% del capital por parte de cada uno. Tomad una libreta, anotad gastos fijos y entenderéis de qué hablo.

Un saludo y gracias por consultar.

En respuesta a:

Hola estoy a punto de hacer una compra de una vivienda, soy mutualista de muface y el crédito hipotecario que voy a pagar es de 140.000 euros el 70% del precio total (199.000 euros) .

La duda que tengo es si tengo que contratar el seguro de Protección de Pago que me impone BBVA, aunque en las condiciones de Muface no dide nada de eso, solo he de tener la nomina y un seguro de hogar que puede ser con la compañia bbva o con otra entidad. la hipoteca es a 25 años como ellos dicen, es decir a 300 meses (25años) igual tiempo que el Seguro de Protección de pago. lo que me supone: 
  • Cuota hipoteca 584 euros  
  • cuota de mi seguro de Proteccion: 18.25 euros 
  • cuota de mi pareja seguro de Proteccion: 16.41 euros ya que la hipoteca es en comun con mi pareja los 140.000 euros , cada uno estaría asegurando el 70.000 euros
me podéis asesorar la verdad que me urge el tema ya que tengo que comprar la vivienda antes del 31 e diciembre por si cambian los tipos de interés según el convenio de muface he leido en varios foros que no es obligatorio subrrogarte a su seguro de proteccion de Pago y que es mejor luchar con la entidad para que si es en ese caso sea por Renovacion Anual, y luego después del añolo cancelas, aunque también he oido que si te viene ya impuesto en la oferta vinculante que me haga eta semana BBVA no podre hacer nada, sino aparece nada en la oferta vinculante podria cancelarlo en un plazo de 30 dias mediante notificacion de burofax? a ver si me podeis asesorar.

muchas gracias amigos
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