hace 8 años

Extincion del condominio con hipoteca y subasta

Buenas tardes! Mi problema es que tengo un piso con mi expareja que costo en 2009 130.000%u20AC del cual a dia de hoy quedan 115.000%u20AC de hipoteca, yo no puedo quedarme con la hipoteca porque no tengo a nadie que me avale, de modo que he cedido todo a el, muebles y vivienda, pidiendo el una novacion al banco que le han aceptado poniendo a su padre de aval, pero el banco le sube el interes de 0\'550 que lo tenemos ahora euribor a 2\'05 euribor, asi que el rechaza la propuesta y como el quiere el piso de todas las maneras, y no quiere vender a la calle, el ha puesto una demanda de subasta para la extincion del condominio! Asi que como yo no puedo pujar por la vivienda, se supone que en la subasta se tasaria la vivienda de nuevo, que ni mucho menos sera el valor de la hipoteca, sino unos 70 u 80.000%u20AC maximo, supongo! Ademas en la subasta si nadie puja por la vivienda porque en realidad la vivienda avala la hipoteca por la carga de 115.000%u20AC, lo que supongo es que el puja aproximadamente por el 60% de la tasacion que se haga, y yo me quedaría sin vivienda y con una hipoteca a 35 años de 115.000%u20AC a 50%, aunque el me de la mitad de la puja, es decir, me podria quedar con una deuda de unos 30.000%u20AC y sin vivienda! Es eso asi??? O hay otra lectura de la operacion? Muchas gracias! Un saludo!

Francisco López hace 8 años

No veo nada clara la necesidad de un pleito para extinguir el condominio cuando tú misma dices que estas dispuesta a ceder la propiedad, y en ningún caso sería necesario llegar a una subasta puesto que parece que podríais acordar un precio de venta antes. La subasta solo es el último recurso. En todo caso deberá pagarte el precio que se acuerde. 

El segundo asunto es el préstamo hipotecario. Si el se queda la propiedad completa el préstamo seguirá siendo de los dos. Aquí te copio lo que dice el Banco de España sobre este particular: 

Una vez formalizado el préstamo hipotecario, las partes contratantes quedan obligadas en los términos recogidos en el propio contrato, por lo que cualquier modificación de sus condiciones pactadas requeriría el consentimiento de ambas partes contratantes. Por tanto, para alterar la titularidad del préstamo se precisaría, en todo caso, que la entidad acreedora prestase su conformidad, pues la financiación se concedió sobre la base de unos determinados deudores que respondían del pago. Y esto debe ser entendido así con independencia de las vicisitudes que pudiese experimentar, a lo largo del tiempo, el vínculo que originariamente ligaba a los codeudores entre sí. Igualmente, debe precisarse que cualquier cambio en la titularidad del inmueble ofrecido en garantía del préstamo en nada afecta a las obligaciones derivadas de este, pues, por la propia naturaleza de un préstamo hipotecario, el inmueble se configura como una garantía adicional a la propia solvencia del deudor o deudores, con independencia de quién sea su dueño en cada momento.

Después de leer esto supongo que coincidirás conmigo en que este tema necesita algún tipo de reforma, que otorgue siquiera algún derecho al que se encuentra en esta situación, que se encuentra bloqueado, ya que ni tiene casa ya, ni puede acceder a otra financiación por el riesgo que comporta y eventualmente podrían hasta reclamarle cantidades tras una ejecución que no cubriera lo adeudado.

Ignacio Delgado Larena-Avellaneda hace 8 años

Creo que confunde la acción de extinción de condominio con los % aplicables a la subasta de la ejecución hipotecaria. Dicho lo cual, ha de acudir a un abogado para que estudie todos los antecedentes del procedimiento y examinar la documentación obrante. Tras ello y solo tras ello es cuando se puede dar una opinión formada.

Saludos.

En respuesta a:

Buenas tardes! Mi problema es que tengo un piso con mi expareja que costo en 2009 130.000%u20AC del cual a dia de hoy quedan 115.000%u20AC de hipoteca, yo no puedo quedarme con la hipoteca porque no tengo a nadie que me avale, de modo que he cedido todo a el, muebles y vivienda, pidiendo el una novacion al banco que le han aceptado poniendo a su padre de aval, pero el banco le sube el interes de 0\'550 que lo tenemos ahora euribor a 2\'05 euribor, asi que el rechaza la propuesta y como el quiere el piso de todas las maneras, y no quiere vender a la calle, el ha puesto una demanda de subasta para la extincion del condominio! Asi que como yo no puedo pujar por la vivienda, se supone que en la subasta se tasaria la vivienda de nuevo, que ni mucho menos sera el valor de la hipoteca, sino unos 70 u 80.000%u20AC maximo, supongo! Ademas en la subasta si nadie puja por la vivienda porque en realidad la vivienda avala la hipoteca por la carga de 115.000%u20AC, lo que supongo es que el puja aproximadamente por el 60% de la tasacion que se haga, y yo me quedaría sin vivienda y con una hipoteca a 35 años de 115.000%u20AC a 50%, aunque el me de la mitad de la puja, es decir, me podria quedar con una deuda de unos 30.000%u20AC y sin vivienda! Es eso asi??? O hay otra lectura de la operacion? Muchas gracias! Un saludo!

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