En Twitter me acaban de preguntar si es cierto que la cuenta asociada a una hipoteca en la que solo se usa para pagar las cuotas no debe tener comisión de mantenimiento.
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hace 9 añosComisión de cuenta si solo tengo la hipoteca
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"Hola buenos días, soy Inma. Hace 11 años q tengo mi hipoteca con bankinter, en una cuenta solo y exclusivamente para ésta, para q no me cobren comisiones de mantenimiento, pero lo hacen y como lo cobran de mi pago mensual de la hipoteca me aparece como impagada y me genera unos intereses de impago que me reclaman. Lo peor de todo esto es q me llaman de empresas de impago varias veces al día como q tengo una deuda con mi banco y cartas de aviso de impagos. , cuando lo reclamos, me ponen la deuda a cero, pero al mes siguiente volvemos a empezar. Así q cada 4 meses más o menos me encuentro otra vez en la misma situación Bankinter dice q el problema es la central de Madrid, les digo q lo arreglen, dicen que sin problemas, pero nada, sobre el cuarto mes volvemos a empezar. Como podría parar esto, ya estoy muy cansada. Gracias
"En primer lugar con una reclamación al servicio de atención al cliente de Bankinter. En el siguiente enlace tendrás las formas de contactar y de elevar una reclamación. Si la respuesta no es satisfactoria entonces tendrás que elevar la queja al Banco de España al considerar nuestro supervisior que es una mala práctica y no deben nunca aplicar comisiones. Es la única vía, siempre usando primero el propio canal del Banco, para conseguirlo.
Buenos días Olaf,
Con respecto a la consulta deberemos saber si la formalización del préstamo es anterior al 29 de abril de 2012 esta ficha indica la entrada en vigor de la transparencia bancaria y si dicha cuenta es una cuenta vinculada al préstamo. Ya que dependiendo del tipo de contrato y fecha de formalización pueden o no cobrarle comisión.
· Cuenta vinculada al préstamo hipotecario con fecha de formalización anterior a dicha fecha no existe una regulación por tanto no podrán cobrarle comisión.
· Cuenta vinculada al préstamo hipotecario con fecha de formalización posterior a dicha fecha sí podrán cobrarle comisión siempre y cuando figure en su contrato.
· Por otro lado, puede suceder que dicha cuenta no esté vinculada al préstamos, el banco podrá cambiarle la comisión siempre y cuando se lo haya comunicado con dos meses de antelación.
Espero ser de su ayuda.
Saludos y muchas gracias
En respuesta a:
"Hola, mi banco sube la comision de mantenamiento de mi cuenta, es solo para pagar interes y amortisacion de hipoteca.. Antes estaba gratuito, ahorra es 15,00 EUR trimestrales.
Donde puedo reclamar ? Y como?
Saludos Olaf
"Buenos días, este cobro es considerado como mala práctica por parte del Banco de España. Pero antes de reclamar al regulador debes reclamar la misma al servicio de atención al cliente de tu entidad financiera y tras su respuesta (si es negativa) hacerlo al servicio de reclamaciones del Banco de España.
Veamos lo que opina el Banco de España sobre esta cuestión, que adelanto es "depende":
Comisión en cuenta vinculada a préstamo. Sustitución de la misma por otra vía de pago:
Es frecuente que la gestión de un préstamo hipotecario se lleve a cabo a través de una cuenta asociada a aquel, cuenta en la que se adeudan comisiones y sobre la que se plantean dudas acerca de la posibilidad o no de cancelarlas y realizar los pagos por otras vías o canales.
Tradicionalmente el Servicio mantuvo que no correspondía a los clientes soportar comisiones por mantenimiento/administración, si las cuentas se mantenían exclusivamente para abonar intereses de un depósito o dar servicio a un préstamo hipotecario, en una cuenta abierta por imposición de la entidad y por tanto en interés suyo.
Posteriormente, la Orden EHA/2899/2011, estableció que las entidades que comercialicen servicios bancarios vinculados a contratar otro servicio, deben informar al interesado de la posibilidad o no de contratar cada servicio de modo independiente y del coste que corresponde a cada servicio. La Circular 5/2012 del Banco de España establece que cuando la apertura de una cuenta sea obligatoria para el cliente, sus gastos de mantenimiento no podrán ser modificados unilateralmente por la entidad, siempre que se utilice exclusivamente para ese fin.
A tenor de lo anterior, el criterio del Servicio es que en los préstamos formalizados después de la entrada en vigor de la normativa transcrita, o en aquellos modificados tras esa fecha, se puede cobrar esa comisión de mantenimiento –aunque la cuenta se use tan solo para la gestión del préstamo- si antes se informó al cliente de la exigencia de contratar la cuenta; que se informe de la parte del coste total que corresponde a ese mantenimiento; que contratación y coste se recojan en el contrato; y que su coste no pueda ser modificado por la entidad a lo largo del préstamo. En los préstamos anteriores, se mantiene el tradicional criterio del Servicio, plasmado al comienzo de este apartado, dado que esos préstamos no tienen tantas garantías como los más recientes.
Sobre la posibilidad de dar de baja la cuenta, habrá que atender lo recogido en la escritura y, a partir de ella, valorar el mantenimiento o no de la cuenta a tenor de lo recogido en las obligaciones y derechos de las partes. Si el contrato no contiene la obligación de tener abierta la cuenta, el prestatario sería libre para decidir si mantiene la domiciliación de los recibos en la entidad prestamista o la cambia a otra, cancelando la cuenta.