hace 6 años

Condiciones para poder desgravarse los 9040 %u20AC por hipoteca

Mi hipoteca, por vivienda habitual, es de Noviembre 1999, aún la estoy pagando.
 
Todos los años trato de rebajar esa hipoteca en 9000 %u20AC, considerando que me beneficio de una desgravación por todo ese dinero. 
 
Pero alguien me ha dicho que esto puede no ser así, en función de mis ingresos anuales. Ante la duda, les agradecería me expliquen las condiciones necesarias, a cumplir, para poder desgravarse los 9040 %u20AC, por adquisición de vivienda habitual anterior al cambio de la ley.
 
Gracias
 

Alberto

Antonio Gallardo hace 6 años

Tu límite de deducción está en el 15% de lo aportado con un límite de 9.040 euros (lo que hayas pagado de más no te dará derecho a deducción) pero luego la cantidad a devolver tendrá como límite lo que te hayan retenido anteriormente. Por lo que la cantidad máxima a deducir son 1.356 euros. Si la retención es inferior a esta cantidad este será el máximo que te pagarán.

Rebeca Vázquez hace 6 años

Hola Alberto,

La base de deducción, con el límite de 9.040 euros anuales, estará constituida por las cantidades satisfechas para la adquisición o rehabilitación de la vivienda, incluidos los gastos originados que hayan corrido a cargo del adquirente y, en el caso de financiación ajena, la amortización, los intereses, el coste de los instrumentos de cobertura del riesgo de tipo de interés variable de los préstamos hipotecarios regulados en el artículo decimonoveno de la Ley 36/2003, de 11 de noviembre, de medidas de reforma económica, y demás gastos derivados de la misma. En caso de aplicación de los citados instrumentos de cobertura, los intereses satisfechos por el contribuyente se minorarán en las cantidades obtenidas por la aplicación del citado instrumento. Se deducirá el 15% del cantidad aportada, en este caso 9.000 €.

El requisito en este caso es que el contribuyente hubiera adquirido su vivienda habitual con anterioridad o satisfecho cantidades  para la construcción de la misma con anterioridad al 1 de enero de 2013, se exige para poder aplicar el régimen transitorio de deducción que se hayan practicado deducciones  por dicha vivienda en 2012, o en años anteriores.

El artículo 70.1 de la Ley de IRPF Comprobación de la situación patrimonial, tiene por objetivo asegurar que la inversiones en vivienda habitual con derecho a deducción se realicen con las rentas generadas en el período, evitando que se efectúen deducciones respecto de cantidades correspondientes a ejercicios anteriores.
Saludo

En respuesta a:

Mi hipoteca, por vivienda habitual, es de Noviembre 1999, aún la estoy pagando.
 
Todos los años trato de rebajar esa hipoteca en 9000 %u20AC, considerando que me beneficio de una desgravación por todo ese dinero. 
 
Pero alguien me ha dicho que esto puede no ser así, en función de mis ingresos anuales. Ante la duda, les agradecería me expliquen las condiciones necesarias, a cumplir, para poder desgravarse los 9040 %u20AC, por adquisición de vivienda habitual anterior al cambio de la ley.
 
Gracias
 

Alberto
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