hace 8 años

Prima única de 14000 de seguro de vida para la concesión de hipoteca

Hola necesito ayuda firmó el 18 de enero una hipoteca con el banco popular y me exigen pagar por adelantado el seguro de vida de 14000 euros Por los 40 años , como no dispongo del dinero me lo meten en la cuota de la hipoteca , estoy atada porque el piso es del banco y solo puedo hacerlo con ellos y estado mirando y según mi edad y todo un seguro de vida fuera del banco serían 160 euros al año e intentado q me lo quitaran de la hipoteca pero me dicen q es una condición para concederme la hipoteca y sino la acepto me quedo sin el piso me parece abusivo y un amigo me ha dicho q lo firme así y una vez q me den la póliza el día de la firma solicite la baja del seguro para que me devuelvan el dinero q estoy en mi derecho por ley

quiero saber si eso es así gracias

cristina hg hace 8 años

Hola en las escrituras de compraventa no viene nada del seguro pero me han dicho que en las escrituras del préstamo hipotecario si aunque venga ahí puesto no hay problema en quitarlo gracias

Carlos Lluch hace 8 años

Hola de nuevo Cristina GH

La ventaja de tener Leyes como la 50/1980 que es IMPERATIVA (es decir, no negociable) que dispone un derecho irrenunciable como es el del art 83.a.1 es que no tiene dobles lecturas. Si Ud pone sobre la mesa esa Ley y ese artículo la pasta vuelve a casa sí o sí.

Si pusieran alguna pega díganoslo y seguiremos con otro procedimiento, más duro... con la aseguradora y su mediador (el banco) y gratuito para Ud. Solo será cuestión de tiempo.

Se puede poner una denuncia, claro, porque la coacción es un delito. Pero es un proceso lento y hay que desembolsar dinero y, encima, podrían acabar resolviendo a su favor civilmente pero sin condena penal.

Espero haber sido de utilidad. Cuando observe que se ha ahorrado la tontería de 14.000%u20AC más los intereses de 40 años eche cuentas de lo que se dice por ahí de que contratar sin un corredor sale barato.

No es cierto. Somos la parte del cliente que sabe de seguros, quienes le podemos asistir con independencia y con el mayor nivel de exigencia que existe en España en materia de mediación de seguros. Somos aliados, no un coste. No nos torean porque sabemos qué hacer, cómo y con quien hacerlo para que no haya incidentes.

Y eso si hablamos de dinero. Si hablamos de adecuación de coberturas a los riesgos reales que afectan al cliente, el asegurado, ahí es donde se juegan las cifras de cinco, seis o más dígitos. Ahí somos especialmente valiosos.

Tal vez por eso los cerca de 5.000 corredores españoles tan solo acumulamos el 0,7% de las denuncias en materia de seguros y dentro de ese 0,7% casi el 70% corresponde a tres corredurías bancarias y de un centro comercial.

Espero que donde hay conocimiento a su servicio no hay lugar para los abusos de terceros, incluida la propia aseguradora.

Un saludo, Cristina, y felicidades por su nuevo hogar.

cristina hg hace 8 años

muchísimas gracias por la aclaración el 18 de enero fimo y me decían que si va dentro de la hipoteca luego no era tan fácil quitarlo y otras personas que lo denunciara que lo ganaría y no sabia ya que hacer
le agradezco mucho su aclaración ya le escribiré para comentarle como a resultado todo muchas gracias un saludo Carlos Lluch 

Carlos Lluch hace 8 años

Hola,

Has hecho bien en escuchar a tu amigo y en acudir a esta Comunidad para que te asesoremos.

Vaya por delante algo de argumentación técnica:

  • En primer lugar debes saber que NO es obligatorio bajo ninguna Ley ni norma suscribir un seguro de vida cuando uno se hipoteca.
  • Es más, la Ley de Consumidores y Usuarios determina que es una práctica abusiva imponer garantías en exceso al consumidor. Siendo, como es, el hipotecario un préstamo que cuenta con una garantía real (la casa) que supera el importe del préstamo y los costes de ejecución, en su caso, está claro que la propia casa cubre (al menos) el 100% de la garantía necesaria por lo que un seguro de vida adicional (una garantía personal) es exceso y, por tanto, abusivo.
  • Aparte de eso existe una Directiva Comunitaria que prohíbe expresamente la venta inseparable del seguro junto con la vivienda; es posible vincular la venta del seguro a un descuento pero no condicionar la hipoteca a la contratación del seguro.
  • Un seguro en banca suele costar mucho más que en "el mercado libre". Si a eso le añadimos que por el hecho de imponer el pago de una sola vez nos obligan a financiar ese seguro a 40 años resulta que acabaremos pagando varias veces lo que nos costaría en ese mercado libre. El banco es un mal consejero por partida doble puesto que no solo abusa de nosotros (y eso no es lo que desarrolla buenas relaciones con un cliente) sino que, además, en lugar de ponernos las cosas fáciles para que le devolvamos el préstamo se dedica a meternos piedras en la mochila para que nos cueste más pagar la cuota con lo que el ratio de morosidad pinta mal a futuro. Poca inteligencia le veo a eso y sí mucho de nefasto cortoplacismo.
¿Qué podemos hacer?

Pues muy sencillo: ve al notario, firma todo, que resuelvan todo el papeleo y te den las llaves de la casa. Pide una copia de la escritura de préstamo y otra de la de compra-venta ya protocolizadas.

Dentro de los 30 días siguientes a la firma (la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro dice que a partir de la fecha en que te entregan la póliza pero vale la pena ser precavidos), envía un Burofax a la compañía de seguros de vida (no al banco) informando lo siguiente:

"Por el presente documento les informo que es mi voluntad acogerme al Derecho irrenunciable previsto en el artículo 83.a.1 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. Por tal motivo les ordeno la anulación a su efecto inicial de la póliza de seguro de vida nº .......... por tratarse de una contratación no deseada que me impuso su Operador de Bancaseguros en violación del artículo 5.e de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados.

En el caso de tratarse de una póliza colectiva cabe recordar que al ser el pagador de la prima me he constituido en dominus negotii de la misma, tal cual reconoce el Criterio respectivo de la DGSyFP.

Procedan al inmediato reembolso de la prima cobrada en la misma cuenta en la que formalizaron el cargo.

Sin otro particular reciban mi cordial saludo.

Firma y fecha"

No pueden oponerse.

Una vez el dinero en tu cuenta lo lógico es que amortices anticipadamente. En principio deben cobrarte la comisión correspondiente pero creo que si les citas que han vulnerado dos Leyes y que estás dispuesta a acudir ante el Banco de España y ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones lleguen a otro tipo de acuerdo.

También cabe considerar que lo que ha hecho el director de sucursal podría tipificarse como un delito de estafa y otro de coacción. Un Juez de lo penal podría estar interesado.

En fin, espero haberte ayudado.

Carlos Lluch
esbroker.es
@carloslluch

En respuesta a:

Hola necesito ayuda firmó el 18 de enero una hipoteca con el banco popular y me exigen pagar por adelantado el seguro de vida de 14000 euros Por los 40 años , como no dispongo del dinero me lo meten en la cuota de la hipoteca , estoy atada porque el piso es del banco y solo puedo hacerlo con ellos y estado mirando y según mi edad y todo un seguro de vida fuera del banco serían 160 euros al año e intentado q me lo quitaran de la hipoteca pero me dicen q es una condición para concederme la hipoteca y sino la acepto me quedo sin el piso me parece abusivo y un amigo me ha dicho q lo firme así y una vez q me den la póliza el día de la firma solicite la baja del seguro para que me devuelvan el dinero q estoy en mi derecho por ley

quiero saber si eso es así gracias
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