hace 6 años

Debería de rescatar mi pias lo antes posible según mi situación?

Buenas tardes. Estoy bastante alterado con todo lo que leo de este producto y necesitaría que algún experto me contestara a las dudas que tengo. Contrate un pias con OVB de liberty seguros (flexible). Mi situación es la siguiente: llevo pagados 2000 euros; 9 recibos del año 2017 y 1 recibo del año 2018. 
Mis preguntas son:
1.que es exactamenteel valor de rescate? Por ejemplo: si he aportado 2000 euros y   me especifica que el valor de rescate es de 1400 euros, ese es el dinero que yo voy a rescatar de los 2000 aportados? Entonces la penalizaciónsería de 600 euros?
2. Es necesario llevar un año con el pias contratado o puedo rescatar mi pias antes de realizar las 12 primeras mensualidades?Gracias y un saludo 

Antonio Gallardo hace 4 años

En respuesta a:

"

Hola, he comenzado a aportar a un Pias en noviembre del 2019, y mi idea es aportar mensualmente hasta llegar a la cantidad máxima anula de 8.000  durante unos 4 años y recuperarlo en forma de renta a partir del quinto año de su sonstitución es decir en noviembre de 2024.

Mi pregunta es: si recupero en forma de renta ¿este dinero se suma a mi renta anual subiendo la misma y pagando posiblmente en otro tramo?

El tema es que yo estoy jubilado y por mi jubilación estoy exento de pagar iprf por el dinero de la misma pero no por otros ingresos que tenga.

Un saludo

"

Buenos días, no, es muy diferente al plan de pensiones cuyo cobro en renta si se equipara a rendimiento de trabajo y por tanto más se ingrese por ambos conceptos, mayor será su tributación. En este caso, aunque se cobre en renta se tributará por rendimientos del capital mobiliario, lo único que si lo hace en renta vitalicia y dependiendo de su edad sumnará beneficios fiscales que llevarán a que pague menos que el tipo impositivo que corresponda a esos pagos.

Anónimo hace 4 años

Hola, he comenzado a aportar a un Pias en noviembre del 2019, y mi idea es aportar mensualmente hasta llegar a la cantidad máxima anula de 8.000  durante unos 4 años y recuperarlo en forma de renta a partir del quinto año de su sonstitución es decir en noviembre de 2024.

Mi pregunta es: si recupero en forma de renta ¿este dinero se suma a mi renta anual subiendo la misma y pagando posiblmente en otro tramo?

El tema es que yo estoy jubilado y por mi jubilación estoy exento de pagar iprf por el dinero de la misma pero no por otros ingresos que tenga.

Un saludo

Anónimo hace 4 años

En respuesta a:

"Buenos días,

En parte estoy de acuerdo con lo que indica Antonio Gallardo.

Pero debemos entender unos conceptos previos:

  1. Ahorro: por extraño que parezca el término ahorro se diferencia enormemente de otro llamado "inversión". El primero no es especulativo sino acumulativo y parte de la intención de retirar excedentes de renta actual y transportarlos al futuro con un cierto tipo de interés que permite - al menos - estimar que el dinero actual mantendrá su poder adquisitivo batiendo el IPC soportado. Si el poder adquisitivo futuro es menor que el actual nos hemos empobrecido y el concepto "ahorro" es ineficaz.
  2. Inversión: se parece bastante a lo anterior pero con un matiz y es que ya no tenemos un tipo de interés sino que "apostamos" por ciertos activos o por derivados referenciados a algún activo o commodity de forma especulativa. Nuestro rendimiento futuro irá condicionado a la diferencia de valor entre el momento de compra de los activos y el momento de venta de los mismos o la rentabilidad que puedan dejar estos a su vencimiento si es que la tenian implícita - como las letras, bonos y obligaciones de la deuda soberana. En este tipo de operaciones existe riesgo y se puede ganar o todo lo contrario. Desde luego, la composición y naturaleza de los activos afectos o referenciados hará que la probabilidad de pérdidas sea mayor si reducimos el plazo de la inversión y para ello es importantísimo contar con una referencia de la volatilidad esperada del producto. El triángulo Rentabilidad|Plazo|Riesgo es absolutamente aplicable en este tipo de soluciones.
  3. Interés técnico: en seguros no se aplica un interés financiero (TAE, TIR, TIN, interés compuesto o simple) que podamos resolver con una calculadora financiera o una excel. Es, de hecho, imposible saber qué rentabilidad real nos dejará un cierto producto sabiendo las cuatro variables típicas (aportación, periodicidad, interés y tiempo).  Porque nos falta otra que quedará aclarada en el siguiente punto y que suele ser absolutamente opaca: los gastos.
  4. Provisiones matemáticas de balance: cuando aportamos 1000€ a un seguro no se invierten 1000€ sino las provisiones matemáticas de balance. ¿Eso qué es? Pues a esos mil euros le tendremos que descontar los gastos de administración de la aseguradora derivados del contrato, las comisiones que paga al vendedor -en el caso de OVB, se trata de un sistema piramidal en el que hay hasta 7 niveles de subcontratación comercial y eso en un producto de ahorro con intereses de mercado cercanos al 0 ó 1% lo cual, para mi leal saber y entender, no lo aguanta el producto sin pasar factura al cliente-, descontará también el coste de un eventual regalo pues es gasto comercial, publicidad, la prima de Consorcio y el coste de cualquier cobertura de vida riesgo - fallecimiento y/o invalidez - que proporcione el seguro. Todos esos gastos se restan de la prima pagada, los 1000€, y lo que queda es lo que se ahorra realmente o lo que se invierte. A ese "sobrante" que es la provisión matemática se le aplica el tipo de interés - que por eso se llama "técnico" y no de otro modo.

Visto esto ya estamos en condiciones de entender qué te pasa.

Si los gastos se han comido una parte 600€ de 2000€ ya tienes un indicador. 

Si quieres ejercer el derecho de rescate - que consiste en recuperar las provisiones matemáticas de balance antes del vencimiento acordado del contrato - te llevarás "lo que queda" después de deducir los gastos y sumarle el interés que haya producido.

En ciertos modelos comerciales se suele decir al cliente "No lo saques ahora, que pierdes, espera a empatar" lo cual implica estar en ese círculo años. Mi consejo es dejar de alimentar el bolsillo ajeno e intentar perder lo que hasta ahora se ha perdido pero no más.

En otras líneas con gastos reducidos o en otras soluciones se puede vivir el futuro sin esa sangría.

Saludos,

Carlos Lluch
@carloslluch
esbroker.es
"

Buenas tardes:

Le detallo mi situación por si me puede ayudar a esclarecer qué debo hacer.

He aportado 29 mensualidades a los siguientes productos, productos que contraté a través de OVB:

FWU: united linked con duración del contrato de 27 años he aportado 5691€ y ahora el valor actual de la poliza es de 922,48€

INTESA SANPAOLO LIFE: united Linked 3500 Y no dispongo del valor actual de la poliza.Duración del contrato coincide con la vida del asegurado (no tengo palabras para esta duración).

LIBERTY PIAS INVERSION: he aportado 6860€ , y el valor d ela poliza es de 4.517€, LA DURACIÓN DEL CONTRATO ES DE 31 AÑOS.

Desearía que por favor me aconseje que debo hacer si realizar un rescate total o realizar un traspaso a pias o sialp a otra compañía, entiendo que el valor sería el mismo independientemente del movimiento que realice.

He contactado con OVB y me informan de que ellos solicitan el rescate pero que hasta que no reciban mi solicitud firmada no me dan el importe, ¿es esto legal? ¿no deberían de informarme del valor del rescate antes de que yo firme? ¿cómo puedo calcular el valor del rescate? ¿puedo solicitar el rescate a FWU, INTESA SAN PAOLO y LIBERTY directamente?

Por supuesto que estos productos me los ofreció el novio de una amiga, nunca ha querido cogerme el teléfono y me ha supuesto un desequilibrio emocional muy importante, y por supuesto las perdidas que para mi economía son tan importantes. Nadie me explico los gastos que conlleva estos productos en OVB. Nadie me explicó el nivel de riesgo de estos productos. Nadie me explicó que iban unidos a un seguro de vida pésimo.

He denunciado ante la Dirección General de Seguros y estoy a la espera de su respuesta pero creo que no hay dinero a recuperar.

 

Desde aqui animo a todos aquellos que hemos sido engañados por OVB que dencuncien.

Antonio Gallardo hace 4 años

En respuesta a:

"

Buenas tardes,

Tengo un PIAS desde 2007 donde cada mes he aportado 100€ por lo que ya llevo unos 15000€ ahorrados. El tema es que nunca lo he puesto en la declaración de renta porque desconocía que había que ponerlo al ser solo un ahorro sin más. Cómo debería hacerlo para que no tener problemas? Gracias de antemano.

"

Buenos días, al no reducir la base del IRPF, no tienes que informar de las aportaciones, si tienes que hacerlo en el momento del rescate que es cuando tienes la ventaja fiscal. En ese momento además, tienes la opción de cobrarlo en forma de renta vitalicia, con lo que multiplicas los beneficios fiscales al no tributar por la totalidad de lo que cobres periódicamente dependiendo de tu edad.

Anónimo hace 4 años

Buenas tardes,

Tengo un PIAS desde 2007 donde cada mes he aportado 100€ por lo que ya llevo unos 15000€ ahorrados. El tema es que nunca lo he puesto en la declaración de renta porque desconocía que había que ponerlo al ser solo un ahorro sin más. Cómo debería hacerlo para que no tener problemas? Gracias de antemano.

En respuesta a:

Buenas tardes. Estoy bastante alterado con todo lo que leo de este producto y necesitaría que algún experto me contestara a las dudas que tengo. Contrate un pias con OVB de liberty seguros (flexible). Mi situación es la siguiente: llevo pagados 2000 euros; 9 recibos del año 2017 y 1 recibo del año 2018. 
Mis preguntas son:
1.que es exactamenteel valor de rescate? Por ejemplo: si he aportado 2000 euros y   me especifica que el valor de rescate es de 1400 euros, ese es el dinero que yo voy a rescatar de los 2000 aportados? Entonces la penalizaciónsería de 600 euros?
2. Es necesario llevar un año con el pias contratado o puedo rescatar mi pias antes de realizar las 12 primeras mensualidades?Gracias y un saludo 
Haz tu pregunta