Tengo una tarjeta revolving: ¿hasta cuándo puedo reclamar los intereses pagados?

Noelia Pérez I Publicado: I Actualizado:

En el caso de ganar el juicio, la entidad financiera solo le devolvería al cliente los intereses de los recibos correspondientes a los cinco años anteriores a la presentación de la demanda extrajudicial

Tengo una tarjeta revolving: ¿hasta cuándo puedo reclamar los intereses pagados?

Las tarjetas revolving son tarjetas de crédito que permiten a los usuarios financiar sus compras hasta un límite autorizado. No obstante, es el cliente quien decide si quiere pagar las compras al momento o prefiere aplazarlas. Su funcionamiento parece sencillo, pero las revolving llevan años en el punto de mira de la justicia. ¿El motivo? Los tipos de interés que lleva asociados el pago aplazado. 

Ahora, la Justicia española está dando una nueva vuelta de tuerca a la hora de juzgar los intereses de estos plásticos, y distintos juzgados están empezando a aplicar la prescripción a la hora de determinar el dinero que los bancos deberían devolver a los consumidores en los casos de sentencias dictadas a su favor.

La prescripción es una figura del derecho que busca proteger la seguridad jurídica en nuestro sistema normativo. Se aplica tanto en el ámbito civil, como en el penal y el tributario bajo la premisa de que algunos derechos deben tener un plazo límite para ser reclamados. Atendiendo a esta figura, en las sentencias sobre los intereses de las tarjetas revolving, cada vez más juzgados diferencian la declaración de nulidad de un contrato por usurario, acción que nunca prescribe, de la devolución de las cantidades cobradas de más por parte del banco, que prescribirían a los 5 años, atendiendo al Código Civil.

¿Por qué está calando cada vez más la prescripción?

Por dos razones. Por un lado, está la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 16 de julio de 2020. El tribunal europeo avaló entonces que una normativa declarase imprescriptible la nulidad de una cláusula abusiva, pero que, al mismo tiempo, estableciese un plazo de vencimiento o prescripción para hacer restituir o devolver las cantidades a efectos de dicha nulidad. 

¿Qué quiere decir esto? Antonio Gallardo, experto financiero de iAhorro, explica que "el cliente tiene siempre el derecho de reclamar la nulidad de un contrato, sea cual sea el momento en el que se firme y sin importar el tiempo que haya pasado". Sin embargo, añade, "es posible que una reclamación para restituir las cantidades se haga fuera del plazo y el banco no se vea obligado a devolver el importe pagado en concepto de intereses si han pasado más de los cinco años concretados en la normativa".

Por otro, la reforma del Código Civil, que redujo de 15 a 5 años la prescripción para las acciones personales que no tengan un plazo especial. La reforma entró en vigor el 28 de diciembre de 2020.

¿Cómo afecta a los consumidores que tienen previsto reclamar?

Los consumidores deberían tener claro cuánto podrían recuperar si deciden interponer una demanda por los intereses de su tarjeta revolving al aplicarse la prescripción. 

Atendiendo a cómo se está recogiendo esta figura en distintos tribunales de primera instancia en España, el momento clave para tener en cuenta es el día que presenten una reclamación extrajudicial ante el servicio de atención al cliente de su banco, un paso previo para tramitar una demanda judicial.  

En este sentido, la entidad solo le devolvería los intereses que ha pagado en los recibos correspondientes a los cinco años anteriores al momento en el que decidiese presentar la reclamación extrajudicial a su banco, fecha en la que se interrumpiría el plazo de prescripción.

Negociar con el banco, la opción más rápida

Los usuarios tienen dos formas de reclamar el dinero cobrado en concepto de intereses abusivos: acudiendo a un abogado o llamando a su banco para intentar llegar a un acuerdo. ¿Qué opción es mejor? Con las dos el cliente recuperará su dinero, aunque cambian tanto el método como el tiempo en el que lo hará. Lo aconsejable es que tantee ambas opciones, que haga cuentas y vea cuál es el camino más rentable.

En los últimos tiempos los bancos están apostando fuertemente por negociar con los clientes la devolución de los intereses de las revolving antes de que estos acudan a un abogado y terminen en juicio. Esta opción es beneficiosa para el cliente y la entidad porque "se ahorran las costas del juicio en caso de que pierda y los costes de la defensa por ambas partes", detalla Gallardo.

Además, señala Gallardo "Si el cliente contrata un abogado, entre los trámites que se tienen que realizar en un inicio y la espera de juicio puede pasar más de un año, mientras que, si opta por la vía de contactar con su banco, solo tendrá que esperar lo que se alargue la negociación, que no suele ser mucho tiempo". Adicionalmente, los clientes no siempre son conscientes de los honorarios que cobran los abogados, que se incrementan si el asunto se judicializa. Entonces, matiza el experto de iAhorro, estaría "por un lado el posible ahorro de costes (pagar al abogado y que este se lleve una parte de lo ganado) y, por otro, conseguiría la devolución del dinero de una forma mucho más rápida".

Si vas a juicio, las costas se las llevan los abogados

No obstante, los despachos de abogados han hecho una campaña importante para atraer a los afectados por las revolving. A su favor tienen que, casi con total seguridad, el juicio se va a decantar hacia el lado de su cliente. En contra, que no informan de la letra pequeña: las costas, que normalmente alcanza una cuantía elevada y que, aunque legalmente son un derecho del cliente para cubrir los gastos legales, suelen cobrarlas directamente los abogados.

Antonio Gallardo destaca que esta práctica solo es legal cuando se ha llegado a un acuerdo entre las dos partes (cliente y abogado) y cuando este acuerdo sea proporcional y transparente. Sin embargo, estamos viendo que en procesos donde es muy seguro que gane el cliente y las cantidades sean importantes se suele hacer una cesión total de las costas muy desproporcionada, y que el cliente desconoce”.

Además, es importante tener en cuenta que el usuario, pese a que gane el juicio, debe devolver la deuda de forma inmediata a la entidad, en cuanto se reciba la sentencia. Esto quiere decir que, si, por ejemplo, recupera 1000 euros de intereses, pero todavía le queda una deuda por pagar de 3.000, lo que pierde es más de lo que recibe y puede llegar a un sobreendeudamiento mayor. "En mi opinión, solo se debe ir a juicio si no hay una respuesta suficientemente positiva, nunca por arañar unos pocos euros más por el riesgo que conlleva”, finaliza el experto de iAhorro.


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