Separación de bienes y donaciones
Mi mujer y yo nos casamos en 2008; tenemos separación de bienes, y vivimos en Madrid en su vivienda.
Ella tiene una hipoteca muy fuerte sobre dicha vivienda (privativa) en Madrid, construida como VPPT 2002-2005, escriturada en 2006, con un tipo de interés calculado con la referencia de «Conjunto de entidades de crédito», que actualmente está en el 3% y que calculo que se renovará este año hacia un 2,2%… o sea muy superior a mi vivienda libre con euribor 0,55.
Mi vivienda (escriturada en 2004) tiene una hipoteca ya casi amortizada, también privativa. Por ello y por mi sueldo yo tengo un excedente de liquidez que me gustaría utilizar para ayudar a la hipoteca de mi mujer, de forma periódica.
Si lo hago, ¿se considera una donación? ¿Debo tributar por ello en Madrid?
Y con qué tipo de documento puedo yo ver reconocida esa aportación en el hipotético caso futuro de disolución matrimonial? ¿Puede ser un documento privado o se necesita escritura o registro (hay que tener en cuenta que su vivienda es VPPT)?
Muchas gracias por anticipado.
Efectivamente no había caído en si debía considerarlo como un préstamo o como una donación. Supongo que si quiero que conste en algún documento privado o público es porque en el futuro puedo desear que se me reintegre.
Chantal, ¿qué se entiende por "oficina liquidadora"?
De nuevo muchas gracias.
Sería mejor preparar un documento privado de préstamo sin interés, a devolver en cinco años o el tiempo que consideren. El documento lo presentan en la oficina liquidadora de la Comunidad de Madrid, como exento. No tributa. Guarda los justificantes de los ingresos. Cuando llegue la fecha del vencimiento, puede hacer otro préstamo o, si para entonces han roto, pide su devolución.
No hace falta gastarse el dinero en un documento notarial. Si lo pasa por la oficina liquidadora tendrá parecido valor.
Si desea ayuda en la confección del documento o su presentación, puede contactar conmigo.
Saludos
Si no es una donación y es un préstamo, que hay que devolverlo, entonces también debe formalizarse documentalmente para que no haya dudas ni frente a Hacienda ni entre ustedes en el futuro, por si la cosas va mal personalmente (que no lo deseo pero puede ser). Este préstamo no tendría impuestos. Acuda a una notaría a informarse de los pormenores de ambas posibildades.
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