Anónimo Hace 9 años
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Parte amistoso entregado con retraso.

Hola, buenas tardes. El pasado día 16 de Agosto tenía mi coche estacionado en batería y el coche de al lado al salir me impactó en la puerta del vehículo. El otro conductor reconoció su responsabilidad y se realizó el parte amistoso.

He leído que existe un plazo máximo de 7 días para comunicárselo a la compañía…Y debido a problemas familiares no lo he podido entregar.

¿Tendré algún problema por entregar el parte mañana día 02 de Septiembre?

Por otro lado, el vehículo tiene 20 años y la pintura del mismo está un poco "desgastada" por la acción del sol. Sí la compañía acepta el parte, al reparar y pintar la zona dañada (puerta) habrá una gran diferencia de color con las otras piezas del vehículo. ¿Podría optar por la indemnización en lugar de la reparación?
Muchas gracias de antemano por la atención mostrada. 

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Respuesta de Carlos Lluch el 7 de agosto de 2025

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Hola,

Efectivamente la Ley de Contrato de Seguro determina un plazo de siete días para comunicar el parte de siniestro a la compañía ( artículo 16º).

No obstante, en el mismo párrafo dicho artículo indica que "En caso de incumplimiento, el asegurador podrá reclamar los daños y perjuicios causados por la falta de declaración." Por consiguiente la propia Ley prevé que podamos exceder ese plazo de siete días en cuyo caso tendremos que apechugar con los posibles perjuicios (sobrecostes, por ejemplo) causados al asegurador. Imaginemos que tenemos un accidente el día 20 de diciembre y que el 1 de enero sube el IVA; no declarar dentro del plazo puede implicar para el asegurador asumir un IVA mayor ¿verdad? Pues en ese caso podría descontarnos el diferencial de IVA. Si el accidente lo tenemos el día 28 podríamos comunicar el mismo en plazo con el IVA antiguo o con el nuevo por lo que excedernos no supondría sobrecoste acreditado por parte del asegurador.

Dicho esto hay que cuidar otro elemento que es la prescripción, es decir, la caducidad del derecho. En materia de responsabilidad civil (tu caso) es de un año desde la fecha de accidente por lo que si te pasas del 15 de agosto de 2017 perderás tu derecho a ser indemnizado. Si se trata de seguros de daños la prescripción es de dos años y si es de personas es de cinco años.

Algunas aseguradoras lían al consumidor hablando de "prescrito" cuando lo que pasa es que tienen el asunto "archivado" por lo que si uno pica... dinerito que se ahorran. Cuidado con eso. 

Para terminar: tu coche está, obviamente, decolorado por el paso del tiempo por lo que va a ser imposible (salvo milagros) dar con el tono exacto. Por tanto tienes dos opciones: vivir con el golpe y el color uniforme o sanear la chapa y tener el coche de "dos sabores". El asegurador contrario no te va a pintar el coche; eso descartalo. De hecho un trabajo de pintura integral probablemente supere el valor de mercado de tu vehículo.

Espero haber sido de ayuda.

Un saludo,

Carlos Lluch
esbroker.es
@carloslluch
soycorredordeseguros.org

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Carlos Lluch
Director técnico de Lluch & Juelich Brokers. Tengo formación en Gerencia de Riesgos y pertenezco a la primera promoción de la Asociación Española de Gerencia de Riesgos y Seguros (AGERS).
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Francisco Castillo

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