puede un pensionista pedir un préstamo
Puede un pensionista de 80 años pedir un préstamo?
Respuesta de Antonio Gallardo el 7 de agosto de 2025
Efectivamente el plazo suele ser de 75 años para la mayoría de las entidades y como han comentado el coste suele ser superior (aunque tenga garantizados los ingresos por su pensión) por el seguro de vida que las entidades financieras suelen cobrar por anticipado de forma de prima única.
Las entidades financieras no suelen ofrecer préstamos a personas mayores a 75 años. En estos casos se suele poner una vivienda como aval a través de un préstamo hipotecario o tener un avalista del préstamo.
Buenos días Anónimo,
Un pensionista sí que puede pedir un préstamo, aunque la edad es fundamental, ya que un cliente puede estar prejubilado o tener menos de 75 años o más. Por tanto el prejubilado tendrá más facilidad de contratar un crédito o préstamo que una persona de más de 75 años, en estos casos probablemente se solicite, como ha comentado mi compañero un aval, que en caso de impago o fallecimiento se haga cargo de las cuotas pendientes, o un seguro de vida.
Además, la entidad para la concesión comprobará si los ingresos de la pensión u otras fuentes, son suficientes para poder devolver el dinero en el plazo establecido, por tanto solicitará los últimos recibos de la pensión, la declaración del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas, los movimientos bancarios de los últimos meses, la acreditación de pensionista y la copia simple de los inmuebles que posee.
Cabe indicar que el importe de los préstamos para pensionistas no son superiores a 60.000 euros.
Espero ser de su ayuda.
Saludos y muchas gracias
Sí puede pedir un préstamo un pensionista de 80 años, pero con restricciones y no en todas las entidades accederán a ello.
Los préstamos para pensionistas exigen las mismas condiciones que para otro prestatario, aunque es posible, por motivos de edad, que le pidan una serie de requisitos adicionales a la capacidad de pago.
Es cierto que la mayoría de las entidades prestamistas fijan una edad máxima de 75 años para conceder a un préstamo ya que a partir de esa edad el riesgo de impago aumenta por el cálculo de la esperanza de vida. Para suplir este inconveniente, suelen pedir un aval que cumpla con el préstamo en caso de fallecimiento o impago, así como un seguro de vida donde la aseguradora también impone sus condiciones.
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