Según la Ley 41/2007 una hipoteca inversa es “un préstamo o crédito hipotecario del que el propietario de la vivienda realiza disposiciones, normalmente periódicas, aunque la disposición pueda ser de una sola vez, hasta un importe máximo determinado por un porcentaje del valor de tasación en el momento de la constitución”.
Dicho de otra manera, con la hipoteca inversa el banco nos paga una cuota periódica (normalmente mensual) o nos dará una cantidad de dinero determinada en un solo pago a cambio de que sigamos utilizando la vivienda.
El importe que recibamos dependerá del valor de la vivienda y de la edad que tenga el solicitante: cuánto más altos sean estos dos factores mayor cuota recibiremos.
Las hipotecas inversas están dirigidas a personas mayores de 65 años o personas en situación de dependencia severa o gran dependencia. De esta forma, los jubilados pueden compensar la pensión con un dinero extra y las personas sin muchos recursos pueden subsistir en mejores condiciones.
No obstante, el banco recibirá el dinero prestado cuando fallezca el titular de dicha hipoteca. Serán sus herederos quienes tendrán que elegir como saldar dicha deuda. Existen varias opciones:
- Pagarla directamente y quedarse con la vivienda.
- Vender la casa para poder pagar la deuda y todos los intereses que esta conlleva.
- Hipotecarse para afrontar la deuda.
Pongamos un ejemplo para entenderlo mejor:
- Una persona se jubila y decide realizar una hipoteca inversa para tener un dinero extra.
- Tiene 65 años y un inmueble con un valor de 150.000 euros.
- 20 años después dicha persona fallece.
En la siguiente tabla veremos los ingresos que percibió y la deuda que les queda a los herederos:
Cuota mensual | Percibir todo el dinero de golpe | Deuda generada tras 20 años |
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149€ | 36.000€ | 35.760€ |
Cuota mensual |
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149€ |
Percibir todo el dinero de golpe |
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36.000€ |
Deuda generada tras 20 años |
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35.760€ |
Tras la muerte del titular de la hipoteca es cuando sus herederos deberán decidir cómo saldar la deuda de 35.760 euros: pagarla directamente, vender la casa o hipotecarse.
Si la persona que solicita la hipoteca inversa tuviera más edad (70 años, por ejemplo) la cantidad que percibiría sería mayor, pero también la deuda.
Cuota mensual | Percibir todo el dinero de golpe | Deuda generada tras 20 años |
---|---|---|
210€ | 43.500€ | 50.400€ |
Cuota mensual |
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210€ |
Percibir todo el dinero de golpe |
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43.500€ |
Deuda generada tras 20 años |
---|
50.400€ |
Los requisitos que deberíamos cumplir para acceder a una hipoteca inversa son los siguientes:
- Ser mayor de 65 años o tener una gran dependencia o dependencia severa.
- Tener una vivienda en propiedad y, a ser posible, libre de cargas.
- Es aconsejable que la vivienda sea la habitual, pero una segunda residencia también es válida.
La hipoteca inversa está destinada a personas mayores de 65 años o aquellas con una dependencia grande o severa. Asimismo, a partir de los 70 años las entidades podrán establecer límites para su concesión. Esto quiere decir que un banco puede establecer que no concede hipotecas inversas a personas mayores de 75 años, por ejemplo.
La vivienda por la que vamos a solicitar dicha hipoteca debe ser de nuestra propiedad y, si es posible, libre de cargas, es decir, con la hipoteca pagada. En el caso de que aún tengamos un préstamo hipotecario la hipoteca inversa se ampliará para hacer frente al pago. De esta forma si aún nos quedan 20.000 euros de hipoteca por pagar, por ejemplo, al valor de la vivienda se le sumará ese dinero.
Lo más conveniente es que se trate de una vivienda habitual, pues de esa forma nos ahorraremos pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. No obstante, eso no significa que la hipoteca inversa no se pueda aplicar en segundas residencias.
El dinero percibido a través de una hipoteca inversa cuenta con beneficios fiscales. Eso significa que no debe tributar en el IRPF, puesto que se considera que es una disposición de un crédito, no una renta como tal.
Las hipotecas inversas, al igual que todos los productos financieros existentes, cuentan con una serie de beneficios e inconvenientes que necesitamos conocer.
Ventajas | Desventajas |
---|---|
Nos permite sacar rendimiento a nuestra vivienda sin venderla o alquilarla. | La cuota siempre es fija, pero el dinero va perdiendo su valor. |
Nuestros herederos podrán recuperar la casa. | Al vender la vivienda podemos recibir menos dinero del que le debemos al banco. |
Ventajas |
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Nos permite sacar rendimiento a nuestra vivienda sin venderla o alquilarla. |
Nuestros herederos podrán recuperar la casa. |
Desventajas |
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La cuota siempre es fija, pero el dinero va perdiendo su valor. |
Al vender la vivienda podemos recibir menos dinero del que le debemos al banco. |
Todo dependerá de la edad que tengamos, del valor de nuestra vivienda y de las fluctuaciones económicas durante ese periodo. Puede que el valor de la vivienda baje, pero también puede subir, por ejemplo.
A continuación lo explicamos con más detalle.
La principal ventaja de la hipoteca inversa es que nos permite sacar rendimiento a nuestra vivienda sin tener que alquilarla o venderla. Dicho de otra manera, si tenemos una pensión pequeña, pero no queremos alquilar una de las habitaciones de la vivienda para poder conseguir un dinero extra podemos decantarnos por esta opción.
Además, nuestros herederos podrán quedarse con la casa cuando fallezcamos si así lo desean. Como hemos comentado, pueden pagar directamente la deuda contraída con el banco o hipotecarse para ello.
Como hemos comentado en puntos anteriores, con la hipoteca inversa recibiremos una cuota fija, ya sea mensual o todo el dinero de golpe. En el caso de la cuota mensual, a medida que pasaran los años el dinero iría perdiendo valor, puesto que siempre recibiríamos la misma cantidad, pero el precio de los productos seguiría subiendo.
Asimismo, con el paso de los años la vivienda irá perdiendo su valor, por lo tanto, puede pasar que cuando los herederos quieran vender la casa para saldar la deuda el dinero obtenido sea inferior al que tienen que devolver.
Para poder abrir una hipoteca inversa tendremos que hacer frente a los gastos habituales a la hora de formalizar una hipoteca.
Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) | Notaría | Gestoría | Registro | Tasación de la vivienda | Total |
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0€ | 50€ | 0€ | 0€ | 315€ | 365€ |
Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) |
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0€ |
Notaría |
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50€ |
Gestoría |
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0€ |
Registro |
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0€ |
Tasación de la vivienda |
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315€ |
Total |
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365€ |
Tras la reforma de la Ley del Crédito Inmobiliario de 2019 la gran parte de los gastos los asume el banco. No obstante, debemos tener en cuenta que en algunas entidades pueden establecernos una comisión por abrir una hipoteca que se sitúa entre el 0,5% y el 1,5%.
A esto tendremos que sumarle los intereses que nos exija el banco. Cuanto más tiempo estemos disfrutando de la hipoteca inversa más intereses tendrán que pagar los herederos después.
Todo dependerá de nuestra situación personal, es decir, la edad que tengamos en ese momento o el valor de nuestra vivienda, puesto que determinarán si merecerá la pena. En el caso de que tengamos dudas podemos pedir ayuda a algún experto hipotecario. Muchos de ellos los podemos encontrar en iAhorro, el comparador de hipotecas online, donde, además, nos ofrecerán un asesoramiento completamente gratuito.