Cambio de titularidad de una casa en el catastro tras una herencia: ¿afecta a la firma de la hipoteca?
Tengo una duda con respecto a los trámites de la casa que voy a comprar, a ver si me podéis ayudar.
Se trata de una herencia. Ya por fin salió la resolución de la herencia y el 2 de febrero la nueva la heredera metió en el registro la solicitud para poner el inmueble a su nombre y así tener la nota simple nueva, pero el de la inmobiliaria me ha comentado que la dueña se ha dado cuenta de que también tiene que cambiar la titularidad de la vivienda en el catastro y que no saben muy bien cuanto tarda eso.
¿Esto me afecta a la hora de firmar la hipoteca? ¿Cómo funciona el tema del cambio en el catastro?
Gracias.
Respuesta de Noelia Cebrián el 16 de febrero de 2026
Buenos días,
Los cambios de titularidad catastral se realizan una vez comunicamos a Hacienda la transmisión del inmueble mediante el pago del impuesto, ya sea por compraventa, sucesiones, donaciones, etc.
Es decir, cuando liquidamos el impuesto (pagado y presentado) Hacienda comunica la alteración catastral, tanto a ti como interesado por producirse un aumento de tu patrimonio, como al catastro. Por ello, a los pocos días de presentar el impuesto, Hacienda emite un carta comunicando la alteración catastral a nombre del nuevo propietario. No obstante, existe el modelo 900 que puedes presentar ante Catastro para solicitar la actualización si lo quieres hacer por tu parte.
No obstante, no es vital la alteración catastral para poder firmar la compraventa, sí lo es en el Registro de la Propiedad ya que el tracto sucesivo debe quedar acreditado antes de la firma en Notaría. Si se ha presentado en el Registro de la Propiedad toda la documentación el día 2 de febrero, el 23 de febrero el registrador debe comunicar si procede o no el cambio de titularidad, por tanto, te recomiendo llamar al Registro de la Propiedad correspondiente para que te informen si ya se ha procedido al cambio.
En caso positivo, te aconsejo pedir una Nota Simple online para ir adelantando la gestión de tu hipoteca, ya que el banco necesita acreditar que los vendedores son los mismos que aparecen en el contrato de arras o documento de reserva.
Sí es cierto, que para el momento de la firma, los vendedores tendrán que retirar del Registro toda la documentación original presentada, con el comunicado firmado por Registrador procediendo al cambio de titularidad, con el fin de acreditar al Notario que son los auténticos propietarios del inmueble.
Saludos.
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