Dar de baja seguro de vida vinculado, una vez que tienes la hipoteca
Me han concedido una hipoteca en el banco santander, y he tenido que hacerme un seguro de vida vinculado. Ahora que tengo el dinero, ¿¿puedo «darme de baja» de ese seguro??
Respuesta de Carlos Lluch el 07 de August de 2025
El seguro de vida es completamente voluntario. Ninguna Ley obliga a contratarlo no obligaba en el pasado. Por ello se debería poder anular esa póliza en su próximo cumpleaños informando a la compañía de seguros con un mes de antelación mínimo en cumplimiento del artículo 22 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro.
Si el banco tiene una cesión de derechos puede obstaculizar esa anulación. En ese caso intenta negociar con ellos la presentación de un seguro de otra entidad que, con toda probabilidad, será más barato.
Saludos,
Si el contrato es nuevo, podrá cancelar el seguro de vida, tal y como indica la Ley de Contrato de Seguro.
Pero ojo, entiendo que las condiciones favorables que le ofrecen es debido únicamente a que formaliza el seguro con ellos. Habrá que comprobar si en el contrato de la hipoteca figura alguna cláusula que prevea que si lo cancela, perdería dichas condiciones además de indicarle cuales serían las nuevas. Con esto creo que respondo a la segunda cuestión.
Y en relación a la tercera, la ley ( que no la entidad financiera ) únicamente obliga a formalizar un seguro de incendios siempre y cuando el banco titulice la hipoteca ( es decir, que el banco "junte" varias hipotecas, las divida en títulos y las venda a un tercero, para así conseguir liquidez. ).
Me parece raro que el banco le "obligue" a hacer un seguro de hogar pero le permita hacerlo donde ud. desee. Si es así, podría formalizar el seguro y despues del primer año, podrá anularlo ( avisando con un mes de antelación a la aseguradora ) pues, al contrario que el seguro de vida, no se puede anular durante los 30 primeros días a la entrega de la póliza.
De todas maneras y para finalizar, permítame que le recomiende que no prescinda de un buen seguro de hogar. Le aportará tranquilidad frente a la incertidumbre de algún daño que pueda causar a un tercero o de que le suceda algo a la vivienda que estaremos pagando durante muchos años.
Saludos. Ramón Calvo.
Dónde puedo sacar la dirección de correo para enviar burofax para proceder a la anulación del seguro de vida vinculado, ya que no encuentro el contrato del seguro, el banco está obligado a darme los datos?
Gracias y un saludo.
He leído todo el hilo, actualmente no resido en España pero estoy por contratar una hipoteca en un banco español para comprar un inmueble en España y el banco me exige contratar un seguro de vida. Hay condiciones muy favorables contratándolo con prima única, incluída en la hipoteca. Mi plan es 1) escriturar la hipoteca, 2) dar de baja el seguro de vida, 3) reclamar la prima única y 4) usarla para bajar la hipoteca a la suma normal.
Mis preguntas:
1) Me ha llamado la atención una respuesta de Carlos Lluch del 13/01/2016 en este hilo, donde dice que "...no podrás anular si en los contratos tienes una cesión de derechos o un nombramiento irrevocable de beneficiario a favor del banco. Antes de poder cambiar de aseguradora necesitarías su permiso si en esos contratos hay alguna de estas estipulaciones." -
En ese caso ya habían transcurrido años - pero las limitaciones que enumera Carlos, ¿se aplican también a contratos nuevos, es decir en caso de cancelar el seguro de vida dentro de los primeros 30 días? En mi caso, y creo que es común, el beneficiario sería el propio banco.
2) Si se escriturase la "bonificación" por contratar el seguro de vida: ¿el banco tiene que aceptar cualquier seguro de vida, incluso del exterior? En mi país de residencia (miembro de la UE) se consiguen condiciones muy favorables, sobre todo en seguros con capital decreciente, opción que el banco español no me ofrece.
3) En la oferta de la hipoteca, el banco exige un seguro de hogar que al parecer puedo contratar donde quiera; sin embargo entiendo que dicha exigencia no es legal. Esto quiere decir que una vez conseguida la hipoteca, ¿podría simplemente dar de baja el seguro de hogar sin consecuencias?
Desde ya muchas gracias.
Saludos,
Isabel
Y en caso de burofax que tendria que enviar?. Saludos
Pues me temo que tendrá que esperar hasta el año que viene. Si le vencen el 28 de marzo, está fuera de plazo. La ley de contrato de seguro le dice que para anular un contrato de seguro debe avisar por escrito con 1 mes de antelación.
Saludos. Ramón Calvo.
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