Dar de baja seguro de vida vinculado, una vez que tienes la hipoteca
Me han concedido una hipoteca en el banco santander, y he tenido que hacerme un seguro de vida vinculado. Ahora que tengo el dinero, ¿¿puedo «darme de baja» de ese seguro??
Respuesta de Carlos Lluch el 07 de August de 2025
El seguro de vida es completamente voluntario. Ninguna Ley obliga a contratarlo no obligaba en el pasado. Por ello se debería poder anular esa póliza en su próximo cumpleaños informando a la compañía de seguros con un mes de antelación mínimo en cumplimiento del artículo 22 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro.
Si el banco tiene una cesión de derechos puede obstaculizar esa anulación. En ese caso intenta negociar con ellos la presentación de un seguro de otra entidad que, con toda probabilidad, será más barato.
Saludos,
Hasta el 1 de Enero de 2016 el artículo 22 de la LCS dice que debes avisar con dos meses de antelación. A partir de esa fecha, con un mes de antelación será suficiente.
Recuerda, mejor comunicarlo a la aseguradora mediante carta certificada o mejor aún, burofax, y no al banco.
Saludos. Ramón Calvo.
gracias y un saludo
Finalmente la dirección la he conseguido de una carta que me han escrito preguntando por qué se había devuelto el último recibo.
La he puesto al nombre del director que aparecía en la firma. El problema era que hasta ahora no había una dirección postal a la que enviar la baja, porque en las oficinas me decían simplemente que "no podía al estar vinculado" y no me daban ninguna solución ni dirección.
El problema que tengo es que he perdido el contrato original y no sé si he firmado la "cesión de derechos", he pedido la copia original en al banco y aun no me lo han dado, dicen que lo están buscando. Solo me han sacado una copia de la póliza en el que ya aparece la cuota actual de 15,50 que yo no he firmado, es como la actualizacion que han hecho al fusionarse Caser con caixanova.
Tambien lo estoy consultando en el servicio de atención al cliente y me dijeron que en 2 meses deberían darme respuesta.
un saludo
María
gracias pro tu respuesta, si he probado en otros bancos y no me lo dan al ser un comprador único, en este banco me están haciendo el favor entre comillas, porque es el banco con el que trabaja la empresa, ya he probado en varios y se me pasa el plazo que me ha dado la inmobiliaria para hacer efectiva la compra o pierdo la señal y estoy acorralado, por lo que he deducido, no habría ningún problema en devolverlo, ¿no? y luego amortizar el préstamo cuando me ingresen el dinero en la cuenta,
Tengo un seguro de vida (caixanova vida y pensiones s.a.) vinculado a un préstamo personal de A BANCA. Estuve pagandolo durante 6 años pero en Marzo me subieron la cuota de 4,86%u20AC a 15,50 %u20AC, sin mandarme ningún comunicado. Pregunté en la oficina y dijeron que era debido a la edad, pero tengo 34 años, es decir, lo lógico sería si tuviese 30 no a partir de los 34 no?
el caso es que me quería dar de baja del seguro y como lo lleva caixanova vida y pensiones s.a. tengo que tramitarlo a traves de las oficinas de A banca y me dicen que no puedo, al ser un seguro vinvulado a un crédito.
Esto es legal? es decir, no debería tener derecho a darme de baja de ese seguro y poder darme de alta en otra empresa de seguros? o sea cambiarme
Es que he visto lo del plazo de 30 días y claro, si un cliente no está satisfecho por lo que sea con esa compañia de seguros, al haber pasado los 30 dias tiene obligatoriamente que pagar el seguro hasta que acabe de pagar el crédito?
saludos
Maria
Por lo que indicas, la póliza es anual renovable, y avisando fehacientemente a la aseguradora en plazo, podrás anularla.
Saludos. Ramón Calvo.
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