ALEX1610 Hace 10 años
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El banco me pide que firme que rechazo el Codigo de Buenas Practicas

Hola, he solicitado al
banco una reestructuración de mi deuda y unificar gastos de hipoteca, préstamo
personal y cuotas de tarjeta. El banco me ha propuesto hacer una ampliación de
hipoteca para incluir todo y me ha enviado un documento para firmar que dice
que la operación estará fuera del Codigo de Buenas Practicas RDL6/2012 etc,
etc. y que después de habermelo ofrecido, yo lo he rechazado. Sé que esto me
dejará desprotegida en el futuro y que es desleal y abusivo. Puedo negarme a
firmarlo? Puede el banco negarse a reestructurar mi deuda si no lo firmo?
Muchas gracias.

Responder
De José María López Jiménez
Hace 10 años
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El Código de Buenas Prácticas es de libre adhesión por las entidades financieras.

Partiendo de que una concreta entidad se haya adherido a alguna de las versiones del Código, ya sea la originaria o una de las posteriores (RDL 6/2012, Ley 1/2013, RDL 1/2015), una vez que se produzca la acreditación por parte del deudor de que se encuentra situado dentro del umbral de exclusión (art. 3 del RDL 6/2012) y el préstamo hipotecario sea de los que cumplen los requisitos fijados en el propio Código (art. 5: fecha de constitución, destino de la vivienda, importe del préstamo…), serán de obligada aplicación las previsiones del Código de Buenas Prácticas.

El deudor afectado podrá formular ante el Banco de España las reclamaciones derivadas del presunto incumplimiento por las entidades de crédito del Código de Buenas Prácticas, a través del Servicio de Reclamaciones. También cabría la presentación de reclamación previa ante el Servicio de Atención al Cliente de la propia entidad, aunque para acceder al Banco de España no es necesario realizar este trámite previamente.

El Código de Buenas Prácticas se orienta a la deuda hipotecaria, y en su caso comenta que además de deuda de esta naturaleza hay otras de índole personal (préstamos sin garantía real, deuda derivada del uso de tarjetas), por lo que, más que una renuncia del deudor, parece que se trata de un documento en el que Vd. reconoce que la reunificación de deudas no queda sometida al régimen del Código de Buenas Prácticas, como es probable que esté ocurriendo en la práctica.

Por otra parte, entre las medidas de reestructuración del Código se contempla que la entidad podrá reunificar el conjunto de las deudas contraídas por el deudor. Por ello, desde el punto de vista de la negociación, quizá le interese plantear la únicamente el “arreglo” de la operación de crédito hipotecario, para así tratar de reconducir el resto de sus deudas al Código. Negociar todas las deudas a un tiempo podría ser la razón de que no proceda la aplicación del Código de Buenas Prácticas.
 

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Francisco Castillo

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