En caso de inundaciones, ¿cómo reclamar al seguro del coche los desperfectos causados?

Esteban I Publicado: I Actualizado:

A quién reclamar y en qué condiciones podemos hacerlo.

En caso de inundaciones, ¿cómo reclamar al seguro del coche los desperfectos causados?

En el otoño y el invierno pueden darse situaciones en las que se llegue a sufrir una inundación por fuertes lluvias. Incluso, un simple atasco puede neutralizar la capacidad de drenaje de agua en un garaje privado, por ejemplo, y que nos encontremos con una inundación que provoque daños en nuestro coche o moto. Los casos más graves son, sin duda, aquellos que se dan cuando se desbordan los ríos cuando se dan lluvias torrenciales, como las que recientemente afectaron a Mallorca.

Cuando algo así nos sucede, lo primero en lo que pensamos es en quién se hará cargo de los desperfectos. Y nuestra primera respuesta es, ¡el seguro! Pues bien, no siempre podremos acudir a nuestro seguro para reclamar por daños en el vehículo o en lo que contenga, y a continuación explicaremos por qué.

Como sabemos, existen muchos tipos de seguros. De forma general, hablamos de seguro a terceros y seguro a todo riesgo como las dos opciones más globales, teniendo en cuenta que en cada una de ellas se multiplican las posibilidades de contratación.

Las malas noticias, primero. Los siniestros causados por fenómenos meteorológicos no están cubiertos por los seguros de coche de manera general. Ni siquiera si el seguro es a todo riesgo tiene por qué cubrir una inundación o cualquier otro tipo de incidente.

¿Qué es el consorcio de seguros?

Quien sí se encarga de dar cobertura a este tipo de siniestros es el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), y también bajo ciertas condiciones. Esta entidad es un organismo público que cubre riesgos extraordinarios como catástrofes naturales y también otras que son causadas por el hombre (caso del terrorismo, por ejemplo).

El CCS obtiene sus fondos a través de un recargo que todos pagamos al contratar un seguro, por básico que sea, y ya sea un seguro de coche, o un seguro de hogar. Es decir, todos financiamos este consorcio que, en caso de que suceda un desastre natural o unas inundaciones como las que son noticia en la actualidad, responderá con las indemnizaciones que tanto necesitan las familias afectadas.

Para poder reclamar las indemnizaciones que estimamos que nos corresponden, debemos notificarlo a nuestra compañía de seguros. En caso de que nuestra póliza no cubra daños propios (lunas, incendio o robo, o bien una ampliación de cobertura que cubra explícitamente este tipo de daños), la aseguradora derivará la reclamación al Consorcio.

La diferencia fundamental, para este contexto, entre un seguro a terceros y uno a todo riesgo es que este último incluye también cobertura a daños propios y, por tanto, estará cubierto por el CCS ante eventos de riesgo extraordinario como las mencionadas inundaciones, o fuertes vientos con rachas superiores a 120 km/h, entre otras cosas.

Existe un plazo de dos años desde que sucede el siniestro para los daños materiales, y de cinco años para los daños físicos a las personas, según el artículo 23 de la Ley del Contrato del Seguro. Lógicamente, cuanto menos tiempo dejemos pasar, mejor, por lo que se recomienda realizar las reclamaciones en el menor plazo posible.


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