¿Qué problema existe si la hipoteca está a nombre de tu pareja y se paga entre ambos?
En primer lugar, hay que distinguir si eres también propietario del inmueble o no. Es decir, si figura tu nombre en las escrituras de compraventa.
Es posible adquirir una vivienda entre dos copropietarios y que solo uno de ellos sea el titular de la hipoteca.
Si este es tu caso, la titularidad de la hipoteca sólo define quién tiene la obligación formal de pagarla ante el banco. Lo único que deberías pactar con tu pareja es el porcentaje de la cuota que asumirá cada miembro.
No obstante, tienes que considerar las consecuencias fiscales de pagar un préstamo del que no eres titular, puesto que Hacienda puede entenderlo como una donación.
Por otra parte, si no figuras como titular del inmueble, deberías establecer un acuerdo con tu pareja para el caso de separación, dado que estás pagando por un bien que no es de tu propiedad.
En este sentido, las parejas de hecho pueden realizar todo tipo de pactos con fines de gestionar o repartir la titularidad de los bienes, más allá de los regímenes económicos matrimoniales.
Al existir responsabilidad solidaria en un préstamo hipotecario con dos titulares, si uno de ellos incurre en impago, el otro queda obligado a asumir la totalidad de la deuda frente a la entidad hipotecaria.
Sí, puedes reclamar a tu pareja lo pagado de la hipoteca que le correspondería. Esto supone, que aunque ante la entidad bancaria seáis responsables del 100% del préstamo hipotecario, en la relación cada uno tiene una deuda del 50% o, el porcentaje que se haya acordado entre ambas partes. Por lo que si tú pagas la parte correspondiente de tu pareja, dicha persona tendrá una deuda contigo.
Según el artículo 1145 del Código Civil, el pago realizado por el deudor solidario permite la reclamación de la parte correspondiente a la pareja junto a los intereses .

