Excepto cuando se trata de una tasación hipotecaria, es posible llevar a cabo una tasación de la vivienda sin entrar en ella. Ahora bien, el tasador debe dejar constancia en su informe de que no se ha realizado la visita interior.
Un informe de tasación debe reflejar todos los elementos que inciden en la valoración del inmueble. Los procedimientos para llevar a cabo una tasación homologada por el Banco de España están regulados por la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras.
En este sentido, el interior de una vivienda puede alterar significativamente su valoración (la distribución de las superficies, el estado de conservación, iluminación o la calidad de los materiales). Por ello es necesario que el tasador entre en la casa.
No obstante, se dan casos en los que la visita interior no se puede realizar por diferentes motivos. Sin embargo, cuando se trata de una tasación con fines de solicitar una hipoteca, el banco solicitará que se ajuste a lo estipulado en la normativa para conocer el valor del inmueble sin ningún tipo de condicionante. Por ello se exige la visita interior.