Bases Legales de la Promoción: «Recomendar está bien. Cobrar el doble por ello, mejor.»

Laura Martínez
Laura Martínez
01 / Octubre / 2026

1. Objeto y entidad organizadora

Las presentes bases legales regulan la participación en la acción promocional por incentivo de recomendación denominada «Recomendar está bien. Cobrar el doble por ello, mejor.» (en adelante, la «Promoción»), organizada por la sociedad IAHORRO FINANCIACIÓN, S.L., con C.I.F.: B-87112298, con domicilio en calle General Ramírez de Madrid, 8-10, piso 1º, 28020, Madrid (España), titular de la plataforma digital iAhorro (en adelante, «iAhorro» o la «Entidad Organizadora»)..

La Promoción tiene como finalidad premiar la prescripción activa y de buena fe de los servicios de intermediación hipotecaria de iAhorro realizada por sus usuarios participantes mediante la entrega de un incentivo comercial en forma de Cheque Regalo digital, condicionado al cumplimiento íntegro y validado de los requisitos estipulados en este documento.

La presente acción no constituye un sorteo, rifa, concurso de destreza ni ninguna modalidad de juego aleatorio o de azar, sino un programa de incentivos comerciales vinculados al cumplimiento de condiciones objetivas y verificables de contratación.

 

2. Ámbito subjetivo y destinatarios (colectivo de recomendantes)

Podrán participar en la Promoción como «Recomendantes» aquellas personas físicas que cumplan de forma acumulativa con las siguientes condiciones:

  1. Ser mayores de 18 años y contar con plena capacidad de obrar.
  2. Disponer de residencia legal en territorio español.
  3. Ser titulares de un enlace de recomendación personal, único e intransferible facilitado por iAhorro —ya estuvieran registradas previamente o efectúen su registro antes o durante el Periodo Promocional—. El uso de dicho enlace habilitado será condición suficiente para recomendar y tener derecho al incentivo tras la firma de la hipoteca intermediada por iAhorro por parte del recomendado, sin que sea necesario en ningún caso que el Recomendante haya firmado previamente una hipoteca con iAhorro ni que mantenga una oferta o aprobación hipotecaria propia en curso.
  4. Mantener una relación activa con la plataforma y no encontrarse en situación de baja o desuscripción.

Exclusiones expresas:

  • Usuarios desuscritos o dados de baja: Quedan expresamente excluidos de la Promoción y perderán el derecho a la percepción del Cheque Regalo los usuarios que se hayan dado de baja, desuscrito de las comunicaciones comerciales o solicitado la supresión de sus datos/cuenta activa en iAhorro con anterioridad a la recomendación o en cualquier momento previo a la entrega efectiva del Cheque Regalo. Para percibir el incentivo, el usuario debe mantener su cuenta y suscripción activas ininterrumpidamente hasta dicha entrega.
  • Otros colectivos excluidos: Quedan asimismo excluidos los empleados directos de la Entidad Organizadora, sus colaboradores comerciales externos en el ejercicio de su actividad profesional, agentes mediadores y cualquier intermediario que actúe con fines comerciales o mercantiles ajenos al uso particular y estrictamente personal del programa.

 

3. Duración y regla temporal de la promoción

El periodo de vigencia de la presente Promoción comenzará el 1 de octubre de 2026 a las 00:00 horas y finalizará el 31 de diciembre de 2026 a las 23:59 horas (hora peninsular española), ambas fechas inclusive (en adelante, el «Periodo Promocional»).

Regla de devengo temporal del incentivo duplicado:

Para tener derecho a los importes promocionales duplicados regulados en la Cláusula 6, es requisito imprescindible y acumulativo que el usuario recomendado realice su primer registro en iAhorro a través del enlace personal del Recomendante y formalice efectivamente la firma notarial de la operación hipotecaria intermediada por iAhorro dentro del Periodo Promocional, fijándose como fecha límite improrrogable el 31 de diciembre de 2026 a las 23:59 horas (hora peninsular española). 

Las firmas de operaciones hipotecarias que se formalicen ante notario con posterioridad al 31 de diciembre de 2026 no devengarán en ningún caso el incentivo promocional duplicado de la presente campaña, con independencia de que el registro del recomendado se hubiera producido dentro del Periodo Promocional. En tales supuestos de formalización posterior al 31 de diciembre de 2026, resultarán de aplicación exclusiva los importes y condiciones generales ordinarios del Programa de Recomendados estándar de iAhorro vigentes a la fecha de la firma. 

Los registros de recomendados efectuados antes de las 00:00 horas del 1 de octubre de 2026 o después de las 23:59 horas del 31 de diciembre de 2026 se regirán por los importes y términos generales ordinarios del Programa de Recomendados publicados en la web de iAhorro, sin que resulte de aplicación la duplicación contemplada en esta campaña.

 

4. Mecánica de participación

El funcionamiento de la Promoción se desarrollará con arreglo a las siguientes fases:

  1. Generación y difusión del enlace: El Recomendante, por el mero hecho de disponer de su enlace personal habilitado y facilitado por iAhorro —sin necesidad de haber firmado previamente una hipoteca—, lo obtiene a través de las comunicaciones o entorno privado facilitado por la plataforma y lo comparte directamente con personas de su entorno personal o familiar que tengan un interés genuino en la contratación de una hipoteca.
  2. Acceso y registro del recomendado: El usuario recomendado debe acceder a la plataforma web de iAhorro exclusivamente a través del enlace personal del Recomendante y completar el formulario de registro por primera vez.
  3. Gestión e intermediación hipotecaria: El recomendado debe cursar su solicitud de intermediación con el equipo de expertos de iAhorro, aportar la documentación requerida y seleccionar una de las opciones hipotecarias presentadas por la plataforma.
  4. Firma notarial de la hipoteca: La operación debe culminar con la firma efectiva de la escritura pública del préstamo hipotecario ante notario dentro del Periodo Promocional. La realización de la firma notarial constituye el hecho causante que genera el derecho al incentivo.
  5. Validación y entrega: El derecho al incentivo queda sujeto a la verificación fehaciente de la firma mediante la liquidación oficial confirmada a iAhorro por la entidad bancaria prestamista. Una vez confirmada fehacientemente la firma con la entidad bancaria, iAhorro procederá a la emisión y envío del incentivo correspondiente al Recomendante.

No es necesario que el Recomendante haya firmado previamente una hipoteca con iAhorro ni que tenga una oferta o aprobación hipotecaria propia; basta con que disponga de un enlace de recomendación habilitado y que la persona recomendada cumpla todos los requisitos de la Promoción.

No existe límite máximo en el número de personas a las que un Recomendante puede recomendar el servicio dentro del Periodo Promocional, devengándose el incentivo por cada recomendado que cumpla de forma individual y acumulativa todos los requisitos exigidos.

 

5. Requisitos del usuario recomendado

Para que la recomendación resulte válida y genere el derecho al incentivo a favor del Recomendante, el recomendado deberá cumplir estrictamente lo siguiente:

  • Ser persona física, mayor de 18 años y residente en España.
  • Ser un nuevo usuario en los sistemas de iAhorro. Se considerará inválida la recomendación si el usuario ya figuraba registrado previamente en las bases de datos de iAhorro, si mantenía un expediente hipotecario abierto o si había solicitado servicios de intermediación en los doce (12) meses anteriores.
  • Registrarse obligatoriamente mediante el enlace personal del Recomendante durante el Periodo Promocional. Si el registro se produce por canales genéricos o sin la cookie/parámetro de seguimiento del enlace, no se podrá vincular la recomendación.
  • Firmar efectivamente el préstamo hipotecario a través de una oferta obtenida, negociada e intermediada por iAhorro. La firma de hipotecas al margen de las ofertas facilitadas por iAhorro, la contratación directa con entidades sin mediación del expediente o la cancelación de la solicitud extinguirán todo derecho a incentivo.

6. Incentivos promocionales

El incentivo consistirá en un Cheque Regalo digital canjeable en la plataforma Click&Gift, con vinculación y opción de canje en una amplia selección de comercios y marcas asociadas disponibles en dicha plataforma en cada momento. Durante la vigencia de la Promoción «Recomendar está bien. Cobrar el doble por ello, mejor.», los importes aplicables corresponden al doble de los importes estándar ordinarios publicados en el programa base de iAhorro, estructurados en función del capital formalizado de la hipoteca:

  • Importe del incentivo ordinario (Programa Base):

                        -Hipoteca formalizada por importe inferior a 300.000 €: 75€ de cheque regalo.

                        -Hipoteca formalizada por importe igual o superior a 300.000 €: 150€ de cheque regalo.

  • Importe del incentivo promocional (Campaña "Cobrar el doble"):

                       -Hipoteca formalizada por importe inferior a 300.000 €: 150€ de cheque regalo.

                       -Hipoteca formalizada por importe igual o superior a 300.000 €: 300€ de cheque regalo.

Condiciones del incentivo:

  • El Cheque Regalo se remitirá en formato electrónico al correo electrónico facilitado por el Recomendante en su registro, incluyendo el código digital y las instrucciones de acceso a la plataforma Click&Gift.
  • Las condiciones particulares de uso, catálogo y disponibilidad concreta de comercios vinculados, plazos de vigencia, caducidad, reglas de fraccionamiento o canje y cualesquiera limitaciones aplicables al Cheque Regalo serán las que determine y mantenga vigentes Click&Gift y/o la entidad emisora correspondiente al momento de su puesta a disposición. Será responsabilidad del usuario beneficiario consultar y aceptar los términos y condiciones de uso propios de Click&Gift para hacer efectivo su canje.
  • El incentivo no es canjeable por dinero en metálico, transferencias bancarias, compensaciones de otra índole ni por otros servicios o productos prestados por iAhorro.
  • El valor del incentivo es único por operación hipotecaria formalizada, con independencia del número de titulares intervinientes en la hipoteca del recomendado.

 

7. Validación, plazos de entrega y procedimiento de reclamación

  1. Plazo de validación y emisión: La verificación de la firma ante notario depende de la liquidación y confirmación oficial remitida por las entidades financieras colaboradoras a iAhorro. En consecuencia, el proceso de validación y la consiguiente entrega del Cheque Regalo por correo electrónico podrá demorarse un plazo estimado de hasta 60 (sesenta) días naturales (o dos meses) a contar desde la fecha efectiva de la firma notarial.
  2. Plazo máximo de reclamación: Si transcurrido el plazo máximo de 60 días naturales desde la firma notarial el Recomendante no hubiera recibido el incentivo en su bandeja de entrada (incluyendo la carpeta de correo no deseado o spam), dispondrá de un plazo máximo de 4 (cuatro) meses a contar desde la fecha de firma de la hipoteca para formular la correspondiente reclamación ante iAhorro.
  3. Caducidad del derecho a reclamar: Transcurrido el citado plazo de cuatro meses sin que el Recomendante haya interpuesto reclamación o consulta sobre la entrega del incentivo, decaerá formalmente todo derecho a exigir la emisión del mismo, considerándose la operación cerrada a efectos promocionales.

 

8. Límites, incompatibilidades y exclusiones

  • Incompatibilidad entre programas: Esta Promoción no es acumulable a otras promociones, cupones especiales de bienvenida o acuerdos de afiliación específicos suscritos con terceros, salvo indicación expresa en contrario por parte de iAhorro.
  • Auto-recomendación: Queda terminantemente prohibida la auto-recomendación. El Recomendante y el Recomendado no pueden ser la misma persona física, ni actuar en régimen de representación mutua para el cobro del incentivo.
  • Usuarios desuscritos o dados de baja: no podrán participar en la Promoción como Recomendantes los usuarios que se hayan desuscrito, dado de baja o solicitado la supresión de sus comunicaciones o de su relación activa con iAhorro. En consecuencia, no se reconocerán incentivos asociados a recomendaciones realizadas mientras el usuario se encuentre en dicha situación, sin perjuicio de la revisión legal de los efectos sobre recomendaciones anteriores ya válidamente registradas.
  • Titularidad compartida: En el supuesto de que varios usuarios recomienden a un mismo cliente, el incentivo se atribuirá exclusivamente al titular del enlace a través del cual se haya hecho efectivo el primer registro informático válido en la plataforma.
  • Exclusión de responsabilidad tras la entrega: La responsabilidad de iAhorro finaliza en el momento de la puesta a disposición del código del Cheque Regalo en el correo electrónico del Recomendante. iAhorro no asume responsabilidad alguna respecto a la disponibilidad o permanencia concreta de comercios adheridos, incidencias de canje, caducidad del cupón fijada por la empresa emisora, condiciones de uso aplicables en la plataforma Click&Gift, pérdida, sustracción, borrado accidental del correo o problemas técnicos achacables a la citada plataforma, al proveedor final del cheque regalo o al servicio de mensajería del participante, salvo que legalmente corresponda otra cosa.

 

9. Modificaciones, suspensión y régimen antifraude

  1. Facultad de modificación y cancelación: iAhorro se reserva el derecho de modificar, prorrogar, suspender o cancelar la presente Promoción en cualquier momento por causas justificadas, motivos de fuerza mayor, alteraciones legislativas o cuando circunstancias técnicas o de mercado afecten a su normal desarrollo, comprometiéndose a publicar las modificaciones o el fin de la campaña en los mismos canales en que haya sido difundida.
  2. Control de fraude y exclusión de participantes: iAhorro vigila activamente el uso adecuado del programa. La Entidad Organizadora se reserva el derecho de excluir de manera inmediata y sin derecho a percibir compensación alguna a cualquier usuario cuando detecte:
  3. Prácticas contrarias a la buena fe, abusivas o fraudulentas.
  4. Utilización de sistemas automatizados, bots, generación masiva de cuentas ficticias o vulneración de los sistemas técnicos de seguimiento de enlaces.
  5. Publicidad masiva no solicitada (spam), difusión del enlace mediante compra de tráfico en motores de búsqueda (SEM con uso de marca) o inserción del enlace en plataformas de cupones de descuento ajenas al ámbito personal.
  6. Intentos de suplantación de identidad o falsedad en los datos de registro aportados.

 

10. Fiscalidad y tratamiento tributario

El régimen fiscal aplicable a los incentivos entregados a través de la presente Promoción se regirá por la normativa tributaria española vigente al momento de su devengo:

  • La obtención del Cheque Regalo puede tener la consideración fiscal de ganancia patrimonial a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), o el tratamiento que resulte aplicable en función de la naturaleza jurídica del perceptor y de la legislación fiscal estatal y foral correspondiente.
  • Será responsabilidad exclusiva de cada beneficiario cumplir con sus obligaciones tributarias e integrar, en su caso, el valor del incentivo en su correspondiente declaración de impuestos.

Corresponderá a iAhorro practicar las retenciones o ingresos a cuenta que resulten legalmente exigibles conforme a la ley tributaria aplicable en el ejercicio de liquidación correspondiente.

11. Protección de datos de carácter personal

De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD):

  1. Responsable del tratamiento: La sociedad mercantil IAHORRO FINANCIACIÓN, S.L., con C.I.F.: B-87112298, con domicilio en calle General Ramírez de Madrid, 8-10, piso 1º, 28020, Madrid (España)
  2. Finalidad del tratamiento: Los datos personales de los participantes (Recomendantes y Recomendados) recabados durante la acción serán tratados exclusivamente con la finalidad de gestionar su participación en la Promoción, verificar el cumplimiento de los requisitos de registro y firma hipotecaria, tramitar el envío y entrega de los Cheques Regalo y atender posibles consultas o reclamaciones.
  3. Base jurídica: El tratamiento de los datos se fundamenta en la ejecución de la relación jurídica y contractual derivada de la aceptación de las presentes bases legales, así como en el cumplimiento de las obligaciones legales aplicables a la Entidad Organizadora.
  4. Cesiones y transferencias: Los datos no serán comunicados a terceros ajenos, salvo a las entidades financieras con las que se tramite la operación al exclusivo objeto de acreditar la firma de la hipoteca, a los proveedores técnicos y entidades emisoras del Cheque Regalo necesarios para la entrega del premio, y a las administraciones públicas y tribunales cuando exista obligación legal.
  5. Ejercicio de derechos: Los participantes pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición dirigiéndose a los canales de atención y direcciones de contacto publicadas en la Política de Privacidad de iAhorro. Asimismo, asiste al usuario el derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
  6. Política general: Para más detalle sobre el tratamiento de sus datos personales, los usuarios pueden consultar la Política de Privacidad íntegra disponible de forma permanente en el sitio web oficial de iAhorro.

 

12. Aceptación de las bases, legislación aplicable y jurisdicción

La participación en la Promoción mediante el uso del enlace personal o el registro a través del mismo implica la aceptación plena, incondicional y sin reservas de la totalidad de las presentes bases legales.

Las presentes bases se rigen en todos y cada uno de sus extremos por la legislación común española.

Para la resolución de cualquier controversia, conflicto o discrepancia que pudiera suscitarse en relación con la interpretación, validez, ejecución o cumplimiento de estas bases, las partes se someten de manera expresa a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, sin perjuicio de las normas imperativas en materia de protección de consumidores y usuarios que resulten legalmente aplicables.

 

13. Canal de atención y contacto

Para cualquier duda, consulta, incidencia técnica en el enlace o seguimiento del estado de una recomendación en el marco del programa, los usuarios podrán dirigirse:

  • Directamente a través del experto hipotecario asignado a la gestión de su expediente en iAhorro.
  • Mediante el correo electrónico oficial de soporte o contacto del programa de recomendados que figura publicado de manera actualizada en la sección del Plan Amigo del sitio web de iAhorro.

 

 

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