Dar de baja seguro de vida vinculado, una vez que tienes la hipoteca
Me han concedido una hipoteca en el banco santander, y he tenido que hacerme un seguro de vida vinculado. Ahora que tengo el dinero, ¿¿puedo «darme de baja» de ese seguro??
Respuesta de Carlos Lluch el 07 de August de 2025
El seguro de vida es completamente voluntario. Ninguna Ley obliga a contratarlo no obligaba en el pasado. Por ello se debería poder anular esa póliza en su próximo cumpleaños informando a la compañía de seguros con un mes de antelación mínimo en cumplimiento del artículo 22 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro.
Si el banco tiene una cesión de derechos puede obstaculizar esa anulación. En ese caso intenta negociar con ellos la presentación de un seguro de otra entidad que, con toda probabilidad, será más barato.
Saludos,
Hola, tengo una hipoteca con Bbva y quiero dar de baja el seguro de vida porqué me están cobrando el doble de lo que me costaría en otro sitio, me han dicho con muy malos modos que me van a penalizar, es legal? Porqué aunque si sale reflejado en la escritura he leído por algún sitio que no es legal, muchas gracias
En septiembre de 2017 contraté una hipoteca con Liberbank de 198.000 euros de capital (240.000 con intereses) con un seguro de vida con CASER. Se trata de un seguro muy alto que tiene cobertura que no necesitamos (por ejemplo doble y triple en accidente de coche cuando no tenemos coche). Si entiendo bien, el procedimiento de cancelacion de ese seguro, teniendo en cuenta que la siguiente poliza que tiene pago anual será el 1 de enero de 2019 es asi:
a) envio de burofax a aseguradora y banco (se que el del banco no es obligatorio pero no me importa) con un mes de antelación.
b) contratación de otro seguro de vida con fecha inicial de 1 de enero de 2019.
Entiend oque con eso simplemente sufriría la pérdida de la bonificación pero que no tendría mayores problemas. Estoy en lo cierto?
Un saludo y muchísimas gracias por vuestro trabajo.
Buenos días Anónimo,
Si el seguro, tal como dices, es anual renovable, el procedimiento es exactamente ese. Cómo dices, al banco no es necesario, pero si te da tranquilidad, perfecto.
Un saludo
En septiembre de 2017 contraté una hipoteca con Liberbank de 198.000 euros de capital (240.000 con intereses) con un seguro de vida con CASER. Se trata de un seguro muy alto que tiene cobertura que no necesitamos (por ejemplo doble y triple en accidente de coche cuando no tenemos coche). Si entiendo bien, el procedimiento de cancelacion de ese seguro, teniendo en cuenta que la siguiente poliza que tiene pago anual será el 1 de enero de 2019 es asi:
a) envio de burofax a aseguradora y banco (se que el del banco no es obligatorio pero no me importa) con un mes de antelación.
b) contratación de otro seguro de vida con fecha inicial de 1 de enero de 2019.
Entiend oque con eso simplemente sufriría la pérdida de la bonificación pero que no tendría mayores problemas. Estoy en lo cierto?
Un saludo y muchísimas gracias por vuestro trabajo.
Quiero pedir una hipoteca, pero tengo que pagar 2000 € anual, de seguro de vida, estoy obligada ? El tipo de interés está 1,65 , la cuota sería 650 € al mes sino pago el seguro me subiría 0,20# , punto porcentual, cuanto me subiría la cuota?
Buenos días. Empezando por la obligacióon, no tienes porque aceptarlo pero también la entidad financiera tiene la potestad de poner condiciones distintas lo aceptes o no. Las cantidades que señalas son reamente muy elevadas a no ser que el capital asegurado sea muy elevado. Sobre la cuota no puedo calcularla con los datos que me proporciona, necesitaría plazo y cantidad, pero no creo que la cuota, con los tipos actuales del euribor, se eleve más de 50-60 euros mensuales. Si me proporciona estos datos, con mucho gusto vemos la diferencia.
Quiero pedir una hipoteca, pero tengo que pagar 2000 € anual, de seguro de vida, estoy obligada ? El tipo de interés está 1,65 , la cuota sería 650 € al mes sino pago el seguro me subiría 0,20# , punto porcentual, cuanto me subiría la cuota?
Efectivamente los burofax no son baratos. Será suficiente con que se lo envies a la empresa aseguradora, pudiendo ahorrarte el coste de enviarlo a la sucursal bancaria de turno. Aunque la decisión última, es tuya.
A priori no debiera de haber motivos de llegar a un juzgado.
Saludos. Ramón Calvo.
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