En principio, puedes alquilar una vivienda habitual con hipoteca, siempre y cuando no figure en el contrato de préstamo hipotecario firmado con el banco una cláusula que lo impida.
Lo cierto es que el contrato de arrendamiento no está reñido con que el inmueble se encuentre hipotecado. Es decir, a priori sí es posible debido a que la hipoteca simplemente es una garantía; el propietario tiene plenas facultades sobre el bien y únicamente puede perderlas en caso de incumplimiento de las obligaciones de pago.
Sin embargo, algunas entidades incluyen lo que se conoce como “cláusula de impedimento al alquiler”.
En caso de existir esta cláusula, hasta que no se proceda a la cancelación de la hipoteca, el propietario no puede arrendar su vivienda.
Lo cierto es que cada vez menos entidades bancarias suelen incluir este tipo de cláusulas. Pero, en cualquier caso, es importante leer minuciosamente los términos y condiciones del contrato de hipoteca antes de proceder a su firma para evitar sorpresas de este tipo.
El motivo por el cual las entidades bancarias solían introducir la cláusula de impedimento de alquiler es simplemente porque el uso que realiza el inquilino puede provocar una reducción de su valor de tasación. De esta manera, en caso de que se produzca una ejecución hipotecaria, el inmueble tendría que salir a subasta por un precio inferior.
Por otra parte, si decides alquilar tu vivienda habitual, perderá esta calificación y no podrás seguir percibiendo las bonificaciones en el IRPF (si compraste la vivienda antes del 1 de enero de 2013). Además, tienes la obligación de declarar la renta que percibes por el arrendamiento.