Letra A

Acreedor

El acreedor es aquel con el que un deudor tiene una obligación. Ser acreedor significa que alguien tiene una deuda contigo, lo más habitual es que se defina a un acreedor como alguien a quién se le debe un dinero pero en su significado más amplio la deuda también puede ser de cualquier otro tipo.

Ser acreedor supone estar autorizado para exigir que se cumpla la obligación contraída por el acuerdo previo, en el caso de la financiación concedido por una entidad supone que el banco puede exigir la devolución del dinero prestado si no se cumplen las condiciones de devolución acordadas mediante contrato. Si se trata de un préstamo hipotecario la ley contempla las condiciones a cumplir para que el acreedor reclame de forma activa el importe prestado.

Tanto el acreedor como el deudor por definición pueden ser personas físicas o jurídicas. Llevado al sector de las finanzas personales si hablamos de prestar dinero puede tratarse de un préstamo entre particulares, un préstamo con una entidad y un particular o un préstamo entre entidad y empresa.

En el sector bancario los préstamos son los productos más habituales que implican la figura del acreedor. El banco es el acreedor cuando presta dinero, ya sea un préstamo personal sin finalidad definida o para una finalidad concreta, tanto personal como la compra de un coche o una reforma como empresarial para la apertura de un negocio nuevo o financiar una ampliación de instalaciones. Las hipotecas que concede la entidad también hacen que el banco sea acreedor de aquellos que firman un préstamo hipotecario para la compra de una vivienda.

Acreedores personales: en este tipo de acreedores incluimos a aquellos que prestan dinero a un familiar o un amigo. Este tipo de préstamos son habitualmente a un tipo de interés cero o muy bajo. Incluso si no se van a cobrar intereses por prestar dinero a un familiar o amigo debemos hacer oficial el préstamo registrándolo en el organismo correspondiente dependiendo de la comunidad en que se vive.

El motivo es doble para el acreedor. Por una parte, en caso de que haya futuros problemas con la devolución el acreedor tendrá más herramientas legales para reclamar su dinero ya que hay un contrato legal registrado. Por otra parte, disipa todas las dudas que la administración pueda tener sobre la naturaleza de ese intercambio de dinero. Incluso si es una donación registrarlo dejará constancia de ello y en la mayoría de las comunidades no llevan un coste añadido.

Acreedores bilaterales: Son aquellos gobiernos que en un marco determinado y definido conceden préstamos garantizados por entidades oficiales. Un ejemplo son aquellos organismos que conceden créditos a la exportación para el desarrollo de empresas.

Acreedores multilaterales: Son las instituciones oficiales que conceden crédito. Podríamos mencionar algunas como son el Fondo Monetario Internacional o el Banco Mundial. Otros, con un foco regional más concreto, serían el Banco Africano de Desarrollo o el Banco Interamericano de Desarrollo

Como mencionamos el ejemplo más común son los acreedores en términos de financiación, los préstamos ya sean personales o hipotecarios, pero hay más tipos de acreedores. Algunos también relacionados con el mundo financiero y otros muy habituales los relacionados con el mundo laboral.

Los activos financieros sitúan al banco como acreedor del particular o empresa titular del activo financiero en cuestión. Invertir en un producto financiero que por contrato supone una rentabilidad con la que el banco se compromete significa que el banco pasa a ser acreedor del titular de ese producto financiero. Los bonos o los depósitos son algunos de los activos financieros más habituales.

La relación laboral entre un contratante y un trabajador por cuenta ajena convierte al trabajador en un acreedor del contratante ya que el acreedor espera recibir un salario de su empresa. Las irregularidades de pago a los trabajadores se solucionan con frecuencia mediante concurso de acreedores.

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Adeudo

Un adeudo (debit) se define de forma genérica como un dinero a deber. Sin embargo, en el ámbito contable y bancario significa una anotación en el “debe”. Desde el punto de vista contable, significa una disminución de dinero en la cuenta bancaria para el titular.

En otras palabras, “adeudo bancario” es un movimiento contable que supone una salida de dinero de nuestra cuenta.  

El adeudo puede responder a una domiciliación bancaria. Es decir, el pago de algún producto o servicio que se realiza directamente a través de un cargo en cuenta. 

Se trata de un mecanismo de pago en el que se le otorga permiso mediante una autorización expresa al proveedor para que pueda cobrar sin ningún tipo de intermediación. La orden de domiciliación puede ser puntual o recurrente

Se trata de un medio de pago utilizado entre empresas y en la contratación de los servicios básicos del hogar (luz, agua, gas, teléfono). Del mismo modo, el propio banco suele cobrar las comisiones de los productos financieros mediante adeudos en cuenta. 

En cualquier momento, el titular tiene derecho a la revocación de la orden de adeudo domiciliado. También debe realizarse de forma expresa, con un documento fechado y firmado por el titular.

Asimismo, la Ley de Servicios de Pago también reconoce el derecho a devolver los recibos adeudados domiciliados. En el caso de que se trate de un adeudo consentido por el titular de la cuenta, dispones de hasta 8 semanas para la devolución del adeudo bancario.

Si, por el contrario, se trata de un adeudo no consentido por el titular, el plazo de devolución aumenta hasta los 13 meses.

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Alquiler

El alquiler es un contrato por medio del cual una de las dos partes se compromete a transferir temporalmente un bien o servicio a una segunda parte que se compromete a pagar por el uso. Es una de las operaciones financieras más comunes que hay en el mundo y hace referencia a todo tipo de objetos.

En el alquiler, como ya se ha mencionado antes se realiza entre dos partes. El arrendador, que es la propietaria del bien o servicio que se proporciona y el arrendatario, que es la persona que utiliza el bien pagando a cambio una cantidad previamente pactada.

Dentro del alquiler hay un tipo que predomina por encima del resto, el arrendamiento inmobiliario. Este tipo de arrendamiento se define porque exclusivamente se dedica al alquiler de un mueble o inmueble. Dentro del alquiler inmobiliario se distinguen varios tipos:

A menudo, el alquiler de un bien se suele pagar en cuotas que suelen ser mensuales. Esta no es la única opción, también está la posibilidad de pagar el alquiler completo una vez terminado el uso del bien.

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Amortización

Amortizar significa ir saldando un gasto de manera periódica en nuestra contabilidad. La amortización de la deuda puede ser mensual, trimestral, semestral o anual. El termino se puede usar de dos maneras prácticamente opuestas dependiendo de si se habla de la amortización de un activo o de un pasivo. En general son reducciones en el valor de los activos o pasivos para reflejar en el sistema de contabilidad cambios en el precio del mercado u otras reducciones de valor.

Cuando nos referimos a la amortización de un pasivo estamos hablando de extinguir un préstamo o una hipoteca. Sin embargo, cuando hablamos de amortización de un activo normalmente hablamos de la depreciación de un bien previamente adquirido.

En el caso de los pasivos hace referencia a cualquier deuda económica que se va devolviendo periódicamente. Cada uno de esos pagos está compuesto por los intereses que hay que hacer frente y por la parte de capital o principal que se cancela. El acto de cancelar parte de capital que debemos es lo que se denomina amortización.

En el método más común de amortización es el francés. Según este método, la cuota esa decreciente al principio pagamos más intereses que al final de la vida del préstamo. Al final se hace un pago único por el que se amortiza todo el capital.

En el caso de los activos, la amortización hace referencia a los bienes. Por ejemplo, un vehículo puede durar unos años y no es justo repercutir todo el gasto en este año fiscal si ese gasto realmente afecta a varios años. Por tanto, contablemente lo que se hace es dividir ese gasto en varios años y se repercute en todos los ejercicios fiscales. Esto se le conoce como amortización.

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Apalancamiento financiero

El apalancamiento financiero (leverage) hace referencia a conseguir un mayor volumen del capital utilizando la deuda. Dicho de otro modo, endeudarse para invertir.

La finalidad de recurrir al apalancamiento financiero es multiplicar las ganancias. Sin embargo, también se utiliza cuando no se dispone de suficiente capital para llevar a cabo una determinada inversión.

Un ejemplo claro es la compra de una vivienda a través de una hipoteca. En este caso, es necesario recurrir a la deuda porque no se tiene el dinero suficiente para la adquisición del bien. La compra de un inmueble suele considerarse una inversión, aunque no se tengan intenciones de obtener rentabilidad por el bien adquirido.

Por otra parte, en las inversiones con activos financieros, suele utilizarse el apalancamiento a través de los productos derivados (opciones, futuros, CFDs, Warrants, etc.). Este tipo de instrumentos permiten tomar exposición a la evolución de los mercados financieros invirtiendo solo una fracción del precio del activo en concepto de margen de garantía.

Cuanto mayor sea la deuda en relación con los fondos propios, mayor será el ratio de apalancamiento utilizado. De hecho, el apalancamiento financiero también se define como la proporción existente entre capital y crédito. Por ejemplo, si hablamos de utilizar un apalancamiento de 1:3 significa que por cada euro de capital propio se invierten 3. La deuda representa dos terceras partes de la inversión.

Al aumentar el volumen de capital invertido, las pérdidas potenciales también son mayores. Por consiguiente, el apalancamiento financiero implica asumir un mayor riesgo

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Apartamento turístico

Los apartamentos turísticos son unidades de alojamiento constituidas como empresas, los inmuebles no tienen carácter residencial. Se inscriben en la misma categoría que los hoteles, moteles o pensiones.

Los apartamentos turísticos están integrados en bloques o edificios destinados a prestar servicios de alojamiento temporal. Este principio se aplica para conjuntos conformados por chalets, townhouses o bungalows. 

En España cada comunidad autónoma legisla en su territorio sobre el turismo. Para los consumidores y las empresas esto puede ser una ventaja o desventaja dependiendo del territorio.

Algunas comunidades autónomas, como Cataluña y Castilla la Mancha, exigen que los apartamentos turísticos se identifican con una placa con las iniciales “AT” (apartamento turístico). En otras como La Rioja se clasifican los apartamentos turísticos en 3 llaves, 2 llaves y una llave.

En Murcia la ley establece unos requisitos para poder ofrecer dicho alojamiento a terceros. Los apartamentos turísticos de esta provincia se clasifican de una a cinco llaves. 

Se ejerce la actividad de alquiler de apartamentos turísticos cuando se cede el uso y disfrute de estos inmuebles, incluyendo los servicios e instalaciones comunes, comprendidos en el bloque donde se encuentre el apartamento.

Estas unidades de alojamiento deberán estar en condiciones de ser utilizadas por los clientes en el momento de ser ocupadas, manteniéndose en perfecto estado de habitabilidad y correspondencia con su categoría. Debe estar el apartamento en las debidas condiciones de limpieza e higiene.

En algunas provincias, como Aragón y Murcia, la ley establece que los apartamentos deberán estar constituidos como mínimo por las siguientes habitaciones: dormitorio, baño, comedor y cocina.

El dormitorio será la habitación dedicada exclusivamente al descanso. Dotada de cama o camas correspondientes a la característica de la habitación. Tendrá algún sistema efectivo de oscurecimiento impidiendo el paso de la luz y no podrá servir de paso a otra estancia excepto baños, aseos o vestidores exclusivos del dormitorio.

El salón o comedor tendrá como mínimo una mesa de comedor, un número de sillas igual a la capacidad en plazas del alojamiento y un sofá y un televisor.

El cuarto de baño dispondrá mínimo de ducha, lavabo e inodoro y dicha habitación será independiente del resto de piezas del apartamento.

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Apoderado

Un apoderado (attorney) es una persona que cuenta con poderes o facultades para realizar actos jurídicos en nombre de otra persona. 

La capacidad jurídica del apoderado debe ser otorgada por la persona representada (denominada poderdante) de forma voluntaria y a través de un documento. En realidad, se trata de un acto unilateral, puesto que el poderdante puede otorgar poderes sin el consentimiento del apoderado.

En el propio poder se especifican las capacidades o facultades que son otorgadas. Es necesario formalizar el poder mediante escritura pública cuando se trata de:

Por otra parte, también pueden otorgarse unos poderes para actuar frente a la Administración Pública (por ejemplo, la Agencia Tributaria). En este caso, se trata para trámites específicos y no precisa de que se formalice en escritura pública.

La figura del apoderado suele tener una gran aplicación en el mundo de la empresa y en el seno de las personas jurídicas en general, puesto que debe existir una persona con poder de representación que actúe en nombre de la sociedad.

Cuando existen dos o más apoderados pueden actuar de forma solidaria o mancomunada. Un apoderado solidario puede actuar por separado y lo que firme tiene eficacia jurídica. Sin embargo, cuando se trata de un apoderado mancomunado, debe concurrir conjuntamente con el resto de apoderados.

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Apreciación

La apreciación se entiende como el incremento del valor de un bien. En economía se utiliza mucho este término para hablar del cambio en el valor de las monedas.

Esto consiste en el aumento del precio de una moneda respecto a otra siempre que se trate de un régimen de tipo de cambio flexible. Esto es, que el tipo de cambio del precio se tasa según los criterios del mercado de divisas. El fenómeno contrario sería la depreciación, en el cual se trataría la disminución del valor.

Es un proceso que influye, por ejemplo, en el nivel de importaciones que realizan los países. Por ello en caso de que una moneda aprecie las importaciones aumentarán debido a que el precio de la moneda bajará. Otro caso muy influyente en el día a día, es la apreciación del petróleo. En este caso, producirá una subida de los carburantes y a como consecuencia, de los productos de la economía debido a que subirán, también como consecuencia, los precios de la producción o del transporte entre otros.

En estos dos casos hay una diferencia, la apreciación de la moneda afectará de manera desigual a los países. Sin embargo, la apreciación del petróleo afectará de manera global.

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Arbitraje

El arbitraje (arbitrage) es un mecanismo para resolver controversias de forma extrajudicial en el que las partes implicadas se someten voluntariamente a la decisión de un tercero especializado en la materia, llamado árbitro, el cual tomará una decisión, denominada “laudo arbitral”, y que tiene los mismos efectos de una sentencia denominada.

Son varias las ventajas del arbitraje con respecto a la vía judicial. En principio, porque no es necesario acudir con abogado ni procurador (aunque puede contratarse si así se desea). Además, es un procedimiento más rápido y el laudo arbitral resuelve el conflicto de forma definitiva, tal y como si fuese una sentencia judicial.

Por este motivo, se trata de una fórmula ampliamente utilizada en las disputas comerciales, aunque existen varias modalidades de arbitraje. En el caso de los préstamos hipotecarios, se trata de un arbitraje de consumo y se debe atender a lo dispuesto en la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios, según la propia Ley de Arbitraje.

Así pues, el arbitraje hipotecario es un medio que tienes a tu disposición para resolver conflictos con el banco, pero no es obligatorio. 

Las entidades bancarias incluían cláusulas indicando la obligatoriedad de someterse a un proceso arbitral en el pasado, pero no están autorizadas a ello. El usuario puede resolver las disputas del modo que estime conveniente y existen otros mecanismos extrajudiciales a su alcance, como la mediación hipotecaria.

La diferencia entre la mediación y el arbitraje radica en que la mediación trata de buscar que las partes lleguen a un acuerdo. Mientras tanto, en el arbitraje se adopta una decisión de obligado cumplimiento.

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ASNEF

ASNEF es el acrónimo de la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito. Creada en 1957, ASNEF gestiona una base de datos donde recoge todos los datos de los impagos sobre un particular o una empresa. Junto con RAI, ASNEF es la lista de solvencia o de morosos más usada en España por las empresas y entidades bancarias.

ASNEF está gestionada por la empresa Equifax S.L, muchos piensan que Equifax es otra lista de morosos distinta a ASNEF, pero no es así, es la empresa que lleva la plataforma. Por lo tanto, Equifax y ASNEF son la misma lista de solvencia.

Para estar incluido en ASNEF o RAI no hace falta haber cometido un gran impago, con no pagar una factura de móvil puedes ser incorporado en una de estas. No hay mínimo alguno para poder ser implicado en las listas de morosos.

La empresa debe comunicar por escrito la inclusión del particular o la empresa y conceder un plazo de 30 días para que el moroso pueda saldar la deuda antes de adjuntarlo. A partir de la inclusión de la empresa o particular en la lista de solvencia, sus datos serán visibles para el resto de los miembros del mismo registro. Aparecer en este tipo de listado dificultará el acceso a los préstamos o a los créditos.

 Muchas de las reclamaciones a la Agencia de Protección de Datos son relacionadas con ASNEF o RAI. En algunas ocasiones se trata de:

Si hemos sido incluidos por error en alguna de estas listas debemos contactar con dicha organización e informar del error. ASNEF o RAI se pondrán en contacto con la empresa que nos incluyó en la lista para informar del error y tienen un plazo de 10 días para resolver la incidencia.

No conviene estar en ninguna de estas dos listas, cualquier compañía de seguros, eléctrica, telefónica, etc. son asociadas a la ASNEF y RAI. Al cometer un impago seremos añadidos a dicha lista y tendremos muchas dificultades para solicitar préstamos o comprar un bien a plazos.

Si en algún momento tenemos un gasto imprevisto y necesitamos solicitar un crédito puede ser muy difícil o casi imposible que haya alguna entidad que nos preste dinero.

Los particulares tienen derecho a ser informados de la inclusión en algunas de las mencionadas listas y a ser excluidas una vez satisfagan la deuda.

Podremos salir de ASNEF si la deuda es falsa y ha sido un error de la empresa. Si no tenemos la intención de pagar la deuda, nuestros datos sólo aparecerán en ASNEF o RAI hasta un máximo de 6 años. Después de este tiempo nuestra deuda seguirá vigente, pero ya no apareceremos en sus bases de datos.

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Aval

El aval es una obligación que refleja el compromiso de realizar el pago de una obligación a favor de la persona beneficiaria y que recibirá un bien o recurso. Es decir, el aval es una garantía de pago adicional que asegura el cumplimiento de una obligación económica. Normalmente, las entidades financieras suelen pedir este documento a la hora de conceder un préstamo que tiene un alto valor como, por ejemplo, un préstamo hipotecario. En caso de que no se cumplan los plazos establecidos de la deuda, se ejecutará el aval.

Hay dos figuras implicadas a la hora de establecer un aval. Por un lado, hay que destacar la figura del avalador o avalista. Es la persona o institución que se compromete a hacer frente a la deuda en caso de que la persona beneficiaria no pueda afrontarlo. Por tanto, el avalado es el titular de la deuda que solicita la financiación.Principalmente hay que diferenciar dos avales:

En caso de que se produzca un impago, se ejecutará el aval. El acreedor exige al deudor que abone las cantidades pactadas con los correspondientes intereses y comisiones generadas por la demora. En este caso, el avalista responde ante el impago de la deuda con su garantía personal. Esto implica que, ante el impago del solicitante, el avalista responde con sus bienes presentes y futuros. 

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