Compraventa

Compraventa

Según la RAE compraventa es el “hecho o actividad de comprar y vender, especialmente cosas usadas”. La compraventa es una alternativa muy óptima para personas que no cuentan con recursos económicos suficientes para adquirir bienes nuevos. Este tipo de opciones son interesantes, aunque el producto no sea nuevo estará en un buen estado para ser usado.

Contrato de compraventa.

Contrato que firman dos personas, cada parte se compromete a entregar una determinada cosa, una el bien pactado y la otra la suma monetaria determinada previamente por ambos. Los elementos que intervienen en dicho contrato son:

  • Objeto
  • Precio
  • Personas
  • Formales (no tiene porque ser plasmado por escrito, excepto en la compraventa de inmuebles)
  • Validez (capacidad de disponer de sus bienes)

Ambas partes tienen obligaciones, el vendedor tiene que transmitir el título de la propiedad, conservar el bien hasta su entrega, entregarlo, garantizar una posesión útil y pacífica y responder si hubiera alguna restricción a la hora de concretar la venta.

Por otro lado, el comprador debe abonar el valor acordado en el contrato, pagar los intereses si se ha pasado el plazo y recibir el bien. 

En el contrato se refleja el traspaso del bien de una parte a otra, los contratos de compraventa e inmuebles o automotores son los ejemplos más corrientes de este tipo. 

Existe una “variedad” de compraventa llamada Compraventa a ensayo o prueba. Consiste en la reserva a favor del comprador de probar o ensayar la cosa a satisfacción de el. Está sujeta a condición suspensiva que se perfecciona con la validación del comprador. También se puede dar el caso de la negativa del comprador, es decir no se resuelve dicho contrato.

Se le otorga al comprador la facultad de probar dicha cosa para ensayar/probar la convivencia propia en relación con lo que se compra. El comprador tiene libertad absoluta para declarar si dicho objeto es de su gusto o interés, para posterior realizar o no la adquisición del bien.

La finalización del contrato de compraventa está sometida a la decisión del comprador en una condición suspensiva, no se perfecciona ni crea derechos ni obligaciones respecto a la compraventa hasta que el comprador no anuncia su afirmativa. En caso de negar la comprar el producto el vendedor tiene la consecuencia de liberar al comprador.

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